Preguntas y Respuestas nueva Reforma Pensiones
Con la llegada
del nuevo año la reforma de las pensiones echa a andar para tener completamente
dibujado quince años después, en 2027, si nada lo impide, un
escenario en el que habrá que trabajar y cotizar más para tener derecho a una
pensión similar a la que recibiríamos con la actual regulación.
El primer efecto
que tendrán la reforma que fue aprobada en julio de 2011 será el retraso
en la edad real de jubilación. Ahora, la media se sitúa en poco más de
63 años, con una edad legal de 65. De este escenario pasaremos paulatinamente a
otro en el que como media, los españoles nos jubilaremos a una edad superior a
los 65 años y en el que se tendrán en cuenta más años para calcular las
prestaciones. De los 15 años que se toman como referencia en la actualidad se
pasará de forma progresiva a 25 en un periodo de diez años.
Estas son algunas
preguntas y respuestas que pueden ayudar a entender la nueva normativa:
¿A qué edad me tendré que jubilar a partir de enero?
La edad de
jubilación se eleva de 65 a 67 años para todos los trabajadores. Pero no será
de forma automática, ya que se establecerá un periodo gradual para su
entrada en vigor. Así, a partir de 2013 se irá retrasando
progresivamente la edad de retiro de los 65 años actuales hasta llegar a los 67
años en 2027. Es decir, en 2014 un trabajador se jubilará a los 65 años y dos
meses, en 2015 a los 65 y tres meses y así sucesivamente hasta alcanzar la
nueva edad de 67 años al final del periodo.
¿Cuántos años
tendré que cotizar para cobrar el cien por cien de la pensión?
Actualmente hay
que trabajar un mínimo de 35 años para poder cobrar el cien por cien de
la pensión. A partir de 2013, este plazo se aumentará progresivamente
hasta alcanzar los 37 años en 2027 para los que se retiren a los 67.
¿Habrá alguna
excepción?
Sí, para aquellos
que tienen largas carreras profesionales y también para los que tengan oficios
penosos y peligrosos (está por definir qué profesiones entrarán en esta
categoría). Lo que sí se sabe ya es que los trabajadores podrán seguir
jubilándose a los 65 años conservando la pensión completa si han cotizado al
menos durante 38 años y medio. La generación que se está jubilando ahora
comenzó a trabajar muy joven y, por tanto, acumula muchos años de aportaciones
al sistema. Más problemas para saltar este listón tendrán los jóvenes
actuales, que han empezado más tarde a cotizar, y las mujeres, con
lagunas en su cotización.
¿Cómo se va a
calcular el importe de mi pensión?
A partir del 1 de
enero, se abrirá un periodo transitorio hasta el 1 de enero de 2022, en el que
el periodo de cotización exigido para calcular la pensión pasará de forma
progresiva desde los 15 años actuales a 25 años. Cada
ejercicio a contar desde 2013 se irá sumando un año hasta completar los citados
25 años en 2022.
¿Habrá cambios en
el periodo mínimo exigido para cobrar la jubilación?
No. Se mantiene
en los mismos términos que en la actualidad. Hacen falta un mínimo de 15 años
de vida laboral cotizada para tener acceso a una pensión mínima de jubilación.
¿Quiénes podrán
jubilarse de forma anticipada?
Antes de que
acabe el año entrará en vigor un endurecimiento de las jubilaciones anticipadas
para neutralizar las modificaciones incluidas en la reforma de las pensiones
que entrará en vigor en enero. El pasado noviembre el Ejecutivo presentó ante
el Pacto de Toledo una propuesta para situar la edad anticipada de retiro
forzoso en 63 años (la reforma de enero la fijaba en 61 años) y en 65
años la jubilación voluntaria (la reforma la sitúa en 63). El retraso
de la jubilación a los 67 años de manera progresiva hasta 2027 serviría de poco
si paralelamente no se eleva la edad legal de las jubilaciones anticipadas y
parciales, según el Ministerio de Empleo.
¿Los funcionarios
podrán retirarse de forma anticipada?
Sobre la mesa del
Pacto de Toledo hay una propuesta de la ministra de Empleo, Fátima Báñez para
no permitir que los funcionarios se puedan jubilar antes de tiempo. Se trata de
eliminar esta posibilidad para cerca de un millón de funcionarios,
especialmente docentes y miembros de los cuerpos de seguridad del Estado, que
hasta ahora sí han podido acogerse a esta opción.
¿Seguirá
existiendo la jubilación parcial?
Sí, pero con
limitaciones. El Gobierno ha propuesto elevar la edad de jubilación parcial
desde 61 a 63 años, modificar la jornada laboral obligatoria para que
llegue hasta el 50% (ahora entre el 25% y el 75%) y aumentar el
periodo mínimo de cotización exigido desde los 30 a los 33 años. Este tipo de
jubilación permite abandonar el mercado de trabajo con 61 años, sin
coeficientes reductores en la cuantía de la pensión y con una reducción de
jornada que es compensada con la contratación de un trabajador -el denominado
contrato de relevista- para cubrir ese puesto. Es una fórmula muy costosa: en
la actualidad hay 121.207 beneficiarios con una pensión media de 1.500 euros al
mes y un coste de 2.000 millones para el sistema público.
¿Habrá
compensación para quien decida seguir trabajando más allá de los 65 años?
Sí, aunque aún no
está decidido cuáles serán estas compensaciones. Habrá facilidades para
compatibilizar el cobro de la pensión con un salario siempre que el jubilado
tenga cubierto el periodo de cotización necesario para percibir el 100% de la
prestación. La permanencia en el puesto de trabajo tendrá premio en
forma de menos cotizaciones. A esta opción solo podrán acogerse los
trabajadores del sector privado.
¿Los años de
becario en una empresa se tendrán en cuenta para la pensión futura?
La Ley obligará a
las empresas que financien programas de formación o investigación de los
becarios a cotizar por éstos, con equiparación total al contrato de trabajo
formativo. La cotización se producirá de una sola vez y por un periodo máximo
de dos años. Los trabajadores que hayan sido becarios entre 2006 y 2010 pueden
ponerse al día con la Seguridad Social pagando los atrasos
correspondientes (una media de 50 euros al mes con un máximo de 24
meses).
¿Y los años
dedicados a cuidar de los hijos?
Para evitar que
el retraso en la edad de jubilación o la exigencia de más años cotizados
perjudique a las mujeres que tienen lagunas de cotización, la nueva norma
permitirá que se sumen al cómputo de años, nueve años por cada hijo,
con un tope de dos años. Es decir, que una mujer que haya tenido tres hijos y
que además haya interrumpido su carrera laboral para cuidarlos y después haya
vuelto al trabajo, podrá computarse los citados dos años. De modo que si a los
67 años tiene cotizados 35, la Seguridad Social le sumaría otros dos, y podría
jubilarse sin penalización.
Fernando González Silva, 03 de Enero 2013, Fuerteventura
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