miércoles, 4 de diciembre de 2013

Rincón del Ciudadano dice NO a las prospecciones petroliferas en Canarias

En esta ocasión, en Rincón del Ciudadano y derechos civiles, decimos alto y claro NO! a las prospecciones petroliferas en Canarias. A continuación publicamos el comunicado de la campaña #SaveCanarias y mostramos nuestro apoyo.
Después del comunicado se encuentra el enlace para estampar vuestra firma.



No al petróleo en las Islas Canarias / Salva las Islas Canarias
Mr. Martin Schulz, president of the European Parliament
Mr. José Manuel Durao Barroso, president of the European Commission
Mr. Mariano Rajoy Brey, president of Spanish Government
CC: Mr. Antonio Brufau, president of REPSOL
CC.: Mr. Peter Terium, Chief Executive Officer of RWE Dea Energy
CC.: Mr. Michael Chaney, WOODSIDE´s Chairman

Estimados señores,
He tenido conocimiento de que el Gobierno español aprobó, en marzo de 2012, el inicio de operaciones petrolíferas en el Océano Atlántico, en las Islas Canarias. También he sabido que la zona de perforación está situada a sólo diez kilómetros de las principales playas de la isla de Fuerteventura y a dieciocho kilómetros de la isla de Lanzarote, ambas declaradas Reservas de la Biosfera por las Naciones Unidas.
Canarias es uno de los destinos turísticos más importantes del mundo, y recibe cada año más de 12 millones de visitantes que disfrutan de sus playas, de su naturaleza, de su clima, de sus paisajes, y de la cultura de sus hospitalarias gentes. He sabido que las perforaciones podrán tener lugar a más de 5.000 metros de profundidad por debajo de un fondo marino situado en aguas ultraprofundas, a más de 1.500 metros por debajo de la superficie del mar. Además, este fondo marino tiene una intensa actividad sísmica, incrementando el nivel de riesgo sobre unas islas donde el 100% del agua potable se extrae del mar. Una marea negra como la acontecida en el Golfo de México en 2010, sería catastrófica para millones de personas y para el futuro de este archipiélago. Y ninguna de las ocho islas Canarias estaría a salvo en caso de producirse un gran derrame en la zona.
Este archipiélago de 7.000 km2 alberga más de 19.000 especies de fauna y flora, de las cuales 5.000 son exclusivas del planeta y viven solo en estas islas; además, Canarias tiene cuatro parques nacionales, y más del 47% de su territorio está protegido por convenios y legislaciones de Naciones Unidas, de la Unión Europea y de España; sin embargo, las autoridades españolas y el consorcio petrolífero (REPSOL, RWE y WOODSIDE) defienden las explotaciones a pesar de estos valores ambientales y del criterio opuesto del Gobierno de Canarias y de los gobiernos de Lanzarote y Fuerteventura.
Universidades europeas, de EEUU, comités científicos de más de 100 países, UICN, organizaciones como Oceana, Greenpeace, WWF, Friends of Earth,Ben Magec/Ecologistas en Acción, SECAC, fundaciones culturales, artísticas, sociales, y cientos de miles de personas se oponen a este proyecto porque es incompatible con el cuidado del medio ambiente y con los modelos energéticos que deben impulsarse para cuidar nuestro planeta. Destacados operadores turísticos europeos han alertado también sobre las operaciones petrolíferas, al entender que amenazan seriamente el sector turístico, principal pilar económico de las Islas Canarias. Reducir los graves efectos del cambio climático es responsabilidad de todos los habitantes del planeta, y por ello es imprescindible, con ejemplos y hechos concretos, reducir el uso de las energías fósiles y sustituirlas por renovables, y Canarias tiene las condiciones climáticas perfectas para lograr este trascendente objetivo.
En consecuencia, solicito su intervención, con carácter de urgencia, para frenar definitivamente esta amenaza ambiental y para promover modelos energéticos que beneficien al interés general. Los proyectos de alto riesgo ambiental que solo benefician a las multinacionales del petróleo no tienen cabida en una sociedad libre, democrática y racional como la nuestra. Su ejemplo, como destacado representante de la ciudadanía, es imprescindible para demostrar que nuestros representantes políticos trabajan para defender los derechos y el interés público antes que el lucro de un sector privado.
Muchas gracias

Para firmar la petición. 
http://savecanarias.org/

Fuerteventura, 05 de Diciembre de 2013

martes, 19 de noviembre de 2013

¿Qué es un ERE? Explicado paso a paso



En Rincón del Ciudadano nos ocupamos en esta ocasión de los ERES. Estos Expedientes de Regulación de Empleos se han convertido, por desgracia, en algo cotidiano gracias a la Reforma Laboral aprobada por este gobierno a primeros de 2012. Solamente personas con pocas luces pueden justificar que esta reforma laboral ha creado, esta creando o creara empleo. Desde el principio esta reforma, como la que planteo el PSOE en su momento, solamente han servido y servirán para abaratar los despidos, precarizar el empleo y retroceder más de veinte años en nuestros derechos laborales. Retomando el principio del blog, en esta ocasión explicaremos de forma clara y sencilla los ERES paso a paso. Si por desgracia te toca formar parte de un Expedientes de Regulación aquí te damos unas pautas básicas de actuación.
Prácticamente todos los días nos levantamos con alguna noticia acerca de un ERE, que si telefónica va a hacer un ERE al 10% de su plantilla, que si el número de ERE se reducen (en octubre de 2010 el número de ERE se había reducido en casi un 50%) que si en abril de 2011 habían aumentado un 5% los ERE de reducción de jornada con respecto a abril de 2010…
Pero, ¿qué es un ERE y qué implica?
No quiero soltaros una historia jurídico-legal, así que aunque inevitablemente, me voy a remitir al Estatuto de los Trabajadores, intentaré explicarlo de la manera más amena para que todos podamos entenderlo.
Un ERE es un Expediente de Regulación de Empleo. Es un procedimiento administrativo-laboral de carácter especial por el que se pueden suspender o extinguir las relaciones laborales cuando concurran determinadas causas y garantizando los derechos de los trabajadores.
Se sigue este procedimiento en la tramitación de las siguientes extinciones o suspensiones de contrato de trabajo:
Despido colectivo fundado en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (es la causa más común y es la que vamos a explicar a continuación).Suspensión o extinción de la relación laboral por fuerza mayor. Suspensión de la relación laboral fundada en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción y reducción de jornada por las mismas causas .Extinción de la relación laboral por extinción de la personalidad jurídica del contratante.
El despido colectivo es la extinción de contratos de trabajo debido a causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores, especifica cuáles son dichas causas) cuando, en un período de noventa días, la extinción afecte al menos a:
Diez trabajadores, en las empresas que ocupen menos de cien trabajadores. El 10 % del número de trabajadores de la empresa en aquéllas que ocupen entre cien y trescientos trabajadores. Treinta trabajadores en las empresas que ocupen trescientos o más trabajadores.
Se entiende que concurren causas económicas cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, en casos tales como la existencia de perdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos o ventas. En todo caso, se entenderá que la disminución es persistente si se produce durante tres trimestres consecutivos.
Se entiende que concurren causas técnicas cuando se produzcan cambios, entre otros, en el ámbito de los medios o instrumentos de producción; causas organizativas cuando se produzcan cambios, entre otros, en el ámbito de los sistemas y métodos de trabajo del personal o en el modo de organizar la producción y causas productivas cuando se produzcan cambios, entre otros, en la demanda de los productos o servicios que la empresa pretende colocar en el mercado.
También se considera despido colectivo cuando afecte a la totalidad de la plantilla de la empresa, siempre que el número de trabajadores afectados sea superior a cinco y que se produzca como consecuencia de la cesación total de su actividad empresarial fundada en las mismas causas anteriormente señaladas.
El empresario que tenga intención de efectuar dicho despido colectivo deberá previamente realizar un periodo de consultas con los representantes legales de los trabajadores de una duración no superior a treinta días naturales, o de quince en el caso de empresas de menos de cincuenta trabajadores. La consulta con los representantes legales de los trabajadores deberá versar, como mínimo, sobre las posibilidades de evitar o reducir los despidos colectivos y de atenuar sus consecuencias mediante el recurso a medidas sociales de acompañamiento, tales como medidas de recolocación o acciones de formación o reciclaje profesional para la mejora de la empleabilidad.
La comunicación de la apertura del período de consultas se realizará mediante escrito dirigido por el empresario a los representantes legales de los trabajadores, una copia del cual se hará llegar, junto con la comunicación, a la autoridad laboral.
Transcurrido el período de consultas el empresario comunicará a la autoridad laboral el resultado del mismo. Si se hubiera alcanzado acuerdo, trasladará copia íntegra del mismo. En caso contrario, remitirá a los representantes de los trabajadores y a la autoridad laboral la decisión final de despido colectivo que haya adoptado y las condiciones del mismo
La empresa que lleve a cabo un despido colectivo que afecte a más de cincuenta trabajadores deberá ofrecer a los trabajadores afectados un plan de recolocación externa a través de empresas de recolocación autorizadas. Dicho plan, diseñado para un periodo mínimo de 6 meses, deberá incluir medidas de formación y orientación profesional, atención personalizada al trabajador afectado y búsqueda activa de empleo. En todo caso, lo anterior no será de aplicación en las empresas que se hubieran sometido a un procedimiento concursal. El coste de la elaboración e implantación de dicho plan no recaerá en ningún caso sobre los trabajadores.
La decisión empresarial podrá impugnarse por los representantes legales o sindicales de los trabajadores, ante la Jurisdicción Social.
La demanda deberá presentarse en el plazo de veinte días desde la notificación a los representantes de los trabajadores de la decisión de despido colectivo adoptada por el empresario al finalizar el período de consultas. Este proceso tendrá carácter urgente. La preferencia en el despacho de estos asuntos será absoluta sobre cualesquiera otros, salvo los de tutela de los derechos fundamentales y libertades públicas.
El efecto de la aprobación del ERE implica que aquellos trabajadores cuyos contratos se extingan tendrán derecho a una indemnización de, como mínimo, 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades. Si se ha acordado con la empresa, la cantidad puede ser mayor. A veces se pacta un calendario de pagos. Esta deberá ser abonada simultáneamente con la comunicación de la decisión extintiva. Cuando se trate de empresas de menos de 25 trabajadores el 40 por 100 de la indemnización mínima la abonará el Fondo de Garantía Salarial.
Espero que esta información sea de vuestro agrado. Por supuesto, un agradecimiento grande por la visita a este blog.
Fuerteventura, 19 de Noviembre de 2013

martes, 3 de septiembre de 2013

Cómo Cobrar el Subsidio los Mayores de 55 años

En esta ocasión en Rincón del Ciudadano hablamos de los requisitos que debemos cumplir si necesitamos solicitar el subsidio para mayores de 55 años. También incluimos una serie de enlaces a la web del Ministerio de Empleo desde donde tendréis acceso a los impresos necesarios. Deseamos que esta información sea de vuestro agrado y satisfaga vuestras reiteradas peticiones de información en este sentido. Para resolver cualquier duda, sugerencia, pregunta, etc. Saber que contáis con nuestra colaboración. Sin más dilación pasamos a dar los requisitos:
  • Estar en desempleo.
  • Tener cumplidos 55 o más años en la fecha de agotamiento de la prestación por desempleo o del subsidio por desempleo, o tener cumplida esa edad en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno de los siguientes subsidios: por agotamiento de la prestación contributiva, emigrante retornado, revisión por mejoría de un invalidez, , liberado de prisión o cotizaciones insuficientes para la prestación contributiva, o cumplirla durante la percepción de éstos.
  • Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo durante el periodo de un mes y no haber rechazado oferta de empleo adecuada, ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, desde la inscripción como demandante de empleo. La inscripción deberá mantenerse durante todo el periodo de duración del subsidio.
  • Suscribir el Compromiso de Actividad.
  • Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias.
Con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad  y promover el envejecimiento activo, cuando el nacimiento del derecho a este subsidio sea a partir de 17 de marzo de 2013, aunque el solicitante carezca de rentas, si tiene cónyuge y/o hijos menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos, únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número de miembros que la componen no supere el 75% del salario mínimo interprofesional  excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. (Datos para este año)
  • Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral.
  • Cumplir todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión de jubilación en el Sistema de la Seguridad Social.
  • Estar incluido en alguno de los supuestos siguientes:
    • Estar percibiendo o tener derecho a percibir subsidio.
    • Haber agotado prestación contributiva o subsidio por desempleo.
    • Ser emigrante retornado (haber trabajado como mínimo 12 meses en el extranjero desde tu última salida de España) sin derecho a prestación contributiva por desempleo.
    • Ser liberado o liberada de prisión sin derecho a prestación contributiva por desempleo cuando la privación de libertad hubiera sido por tiempo superior a 6 meses.
    • Haber sido declarado plenamente capaz o inválido parcial como consecuencia de expediente de revisión por mejoría de una situación de gran invalidez, invalidez absoluta o total para la profesión habitual.
    • Estar en situación legal de desempleo, no tener derecho a prestación contributiva por desempleo por no haber cubierto el período mínimo de cotización (12 meses), siempre que hayan cotizado, al menos, 3 meses.
Este subsidio no será de aplicación a las personas trabajadoras fijas discontinuas mientras mantengan dicha condición.
Puedes obtener más información en el teléfono de atención a la ciudadanía 901 11 99 99.

Duración y cuantía

Duración

La duración del subsidio será hasta cumplir la primera edad para acceder a la pensión contributiva de jubilación, en cualquiera de sus modalidades.
Para mantener el derecho Ud. deberá acreditar que mantiene la situación de carencia de rentas. Para ello debe presentar una vez al año una declaración de ingresos.

Cuantía

La cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). (Datos para este año)
En el caso de desempleo por pérdida de un trabajo a tiempo parcial dicha cuantía se percibirá en proporción a las horas previamente trabajadas.
La entidad gestora (Servicio Público de Empleo Estatal o Instituto Social de la Marina) ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a la jubilación. La base de cotización por jubilación será 100% del tope mínimo vigente en cada momento.
Asimismo, se tiene derecho a acciones específicas de formación, perfeccionamiento, orientación, reconversión, inserción profesional y aquellas otras que tengan por objeto el fomento del empleo estable.
Puedes obtener más información en el teléfono de atención a la ciudadanía 901 11 99 99.

Solicitud y documentación

Si  tienes 55 o más años en el momento en que se produzca alguna de las situaciones descritas en los requisitos anteriores, debes presentar la solicitud en el plazo de 15 días hábiles siguientes, (no se cuentan los domingos y festivos) una vez transcurrido un mes de espera, excepto en el caso de que hayas cesado en un trabajo y no tengas derecho a prestación contributiva, en el que el plazo es de 15 días hábiles a partir del cese o de la finalización del período de vacaciones anuales retribuidas y no disfrutadas, en su caso.
La documentación que debes aportar es la siguiente:
  • Modelo oficial de solicitud.
  • Será necesaria la exhibición del Documento Nacional de Identidad (DNI)/Pasaporte/Tarjeta de identidad del extranjero (TIE)/Documento que contenga el Número de Identidad de Extranjero (NIE).
  • Solamente si la entidad gestora lo solicita, el justificante de rentas.
Para el mantenimiento de la percepción del subsidio de mayores de 55 años, deberás presentar ante la Entidad gestora una declaración de las rentas percibidas en el período de los doce meses anteriores, acompañada de la documentación acreditativa que corresponda. Dicha declaración la deberás presentar cada vez que transcurran doce meses desde la fecha del nacimiento del derecho o desde la fecha de tu última reanudación, en el plazo de los 15 días siguientes a aquél en el que se cumpla el período señalado.
La falta de aportación de la declaración en el plazo señalado implicará la interrupción del pago del subsidio y de la cotización a la Seguridad Social. La aportación de la declaración fuera del plazo señalado implicará, en su caso, la reanudación del devengo del derecho con efectos de la fecha en que se aporte dicha declaración.
Las personas trabajadoras perceptoras del subsidio de mayores de 55 años podrán suscribir un Convenio Especial, a través de las Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social, para completar la cotización por jubilación que efectúa la Entidad Gestora.
Puedes obtener más información en el teléfono de atención al ciudadanía 901 11 99 99.

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Fernando González Silva
04 de Septiembre de 2013

viernes, 12 de julio de 2013

Balada para una España difunta


Cuando la injusticia en España se convierte en algo cotidiano y no sucede nada, es síntoma de que las cosas no marchan bien, por lo menos para una parte importante de la ciudadanía.
Cuando el “y tu más” se convierte en el único debate dialéctico y a nadie se le cae la cara de vergüenza, seguimos teniendo un problema.
Cuando un “despido en diferido”, je.je.je. Disculpen pero rio por no llorar, se convierte en algo normal sin que nadie presente su dimisión ante este dislate, continuamos teniendo un gran y grave problema.
Dios! Perdonen pero me ha sucedido como a Rajoy, he evitado nombrar al Sr. Bárcenas, je.je.je. no vaya a ser…
Continuo con el tema que me ha llevado a escribir este nuevo post, la injusticia en este país. No quiero desviarme con el caso Bárcenas, aunque debo reconocer que es un recurso fácil y da para muchos posts, pero lo dicho, a seguir con la injusticia.
Cuando en este país todavía continúan condenando a un joven a un año de cárcel por robar una gallina valorada en cinco euros, o el caso de la joven que gastó los doscientos euros de la tarjeta de crédito que se encontró para dar de comer a sus hijos. Cuando todo esto esta sucediendo, comprobamos por otro lado que para determinada clase social, la de los poderosos, existe otra justicia diferente y sucede que, cuando llegan las condenas finalmente, normalmente más tarde que pronto, siempre tendrán un indulto, una reducción, un recurso o vaya usted a saber…
Tontería es decir, que esto vulnera la Constitución Española, cuando dice aquello de: “Todos somos iguales ante la Ley”, recuerdo algún artículo más que hablaba de vivienda,  otro de trabajo, etc.
Me estoy desviando del tema por segunda vez, y de corazón os digo que no es mi intención, pero las injusticias me pueden.

Cuando uno lee que la Empresa Municipal de Vivienda ha desahuciado a Félix Jiménez y su familia de ocho miembros, seis de ellos niños. Este viernes 12 de Julio ha perdido su casa en el distrito de Vallecas a pesar de haber hecho frente a 2.500 euros de rentas atrasadas, es decir, lo desahucian debiendo cero euros. Cuando esto sucede, cuando la injusticia, cuando el negocio, cuando la especulación inmobiliaria, cuando el poder de unos pocos prevalece por encima de la dignidad, la justicia y de los mínimos derechos humanos, algo no va bien.
Cuando continuamente escuchamos, leemos o vemos en diferentes medios, los múltiples desahucios e injusticias diversas que diariamente suceden, personas y niños en la calle o de ocupas en cualquier esquina, el robo de las preferentes, rescates sin límites a la banca, padres e hijos sin trabajo, comedores sociales, bancos de alimentos, pobreza, etc. Algo no va bien. Resumiendo, un empobrecimiento general y la destrucción de nuestros derechos. Mientras tanto, los Ministros de turno nos hablan sin pudor ni sonrojo, de los nuevos brotes verdes que se vislumbran en el horizonte. Lo dicho, algo no va bien.
Finalizo este post con las mismas palabras con las que comencé. Cuando la injusticia en España se convierte en algo cotidiano y no sucede nada, significa que algo no marcha bien.
Un penúltimo apunte, “Todos somos responsables de esta situación”, en mayor o menor medida, pero “Todos somos culpables”. Si, somos culpables pero no por vivir por encima de nuestras posibilidades, sino por haber permitido que otros vivieran por encima de nuestras posibilidades.
Por último, no puedo olvidarme de todas esas personas, mareas y plataformas surgidas a partir del 15-M , felicitarlas y agradecer su labor de concienciación. Por supuesto, mi respeto y admiración también a todos esos políticos, funcionarios, jueces, abogados, periodistas, etc. Profesionales íntegros y honestos que luchan por un mundo mejor y más justo independientemente de sus ideas o color. 
   
Muchas Gracias por tu visita.
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Fernando González Silva
Fuerteventura, 12 de Julio de 2013

viernes, 24 de mayo de 2013

Renta Mínima de Inserción



 

En la entrada de hoy nos ocupamos de la Renta Mínima de Inserción, también llamado Salario Social. Una pequeña guía con enlaces a las diferentes comunidades autónomas que espero sea de utilidad. El día 15 de Junio de 2017 he actualizado todos los datos y enlaces. Si en cualquier momento compruebas que algo no funciona  me puedes enviar un email o escribir un comentario.
En esta época que nos ha tocado vivir, toda ayuda económica es poca para aquellas personas que deben mantener a su familia y carecen de empleo. Especialmente por las escasas probabilidades que tienen para encontrar un puesto de trabajo que cubra las necesidades de su familia.
¿En qué consiste?
Se trata de una prestación económica que se calcula sumando una prestación mensual básica (no suele superar el 70% del salario mínimo interprofesional) y un complemento variable que dependerá de la cantidad de miembros de la unidad familiar que convivan bajo el mismo techo.
Destinatarios de la Renta Mínima de Inserción
Se otorga la RMI a aquellas familias que, por carecer de empleo, de una pensión o de otras prestaciones de protección social, no pueden hacer frente a las necesidades básicas de la vida.
El fin de la renta, es conseguir que estas familias reciban apoyo personalizado para que puedan conseguir su inserción social y laboral.
Requisitos para acceder a esta prestación
Aunque cada Comunidad Autónoma tenga sus requisitos propios, lo cierto es que comparten la mayoría:
  1.                 Residir de manera permanente y efectiva en la Comunidad Autónoma y estar empadronado en alguno de sus municipios
  2.     Tener una edad comprendida entre los 25 y los 65 años. Se hacen excepciones a:

  • Personas entre 18 y 25 años si hasta la mayoría de edad estuvo tutelado por la Comunidad, en casos de orfandad absoluta, en casos de grave exclusión social.
  • Personas fuera de este rango si se tienen personas con más de un 45% de discapacidad a su cargo.
  • Personas mayores de 65 años que carecen de pensión o prestación de renta mínima.

      3. Constituir una unidad familiar con anterioridad mínima de 6 meses antes de solicitar           la RMI.
      4. Carecer de los recursos económicos necesarios para financiar las necesidades básicas             de la vida.
Duración de la prestación
En este caso, la duración de la prestación sí que depende completamente de la Comunidad Autónoma y puede variar mucho. Algunas Comunidades otorgan esta ayuda durante 12 meses, otras durante 60 y otras incluso de manera indefinida.
En cualquier caso, será necesario acreditar que se siguen cumpliendo los requisitos para recibir esta ayuda con cierta periodicidad.
Todas las Comunidades Autónomas disponen de áreas de Servicios Sociales y cada uno tiene su propio sistema de ayudas, con distintos nombres: salario social, renta social, renta mínima, renta garantizada de ciudadanía, ayudas para la integración en situaciones de emergencia social, etc.
Por lo tanto, lo primero que debe hacer quien necesite este tipo de ayuda es acudir a un asistente social, preferentemente del ayuntamiento o de la comunidad autónoma:


Madrid: Teléfono de información: 012   Enlace web:  en www.madrid.org (Renta Mínima de Inserción)
Cataluña: Teléfono de información: 012  Enlace web: en www.gencat.cat (Renta Mínima de Inserción)
Andalucía: Teléfono de información: 955 04 80 00 Enlace web:  www.juntadeandalucia.es (Ingreso Mínimo de Solidaridad)
Castilla La Mancha: Teléfono: 012  Enlace web: www.jccm.es (Ingreso Mínimo de Solidaridad)
Murcia: Teléfono de información 012  Enlace web: www.carm.es
País Vasco: Enlace web www.euskadi.net (servicios sociales)
Galicia: Teléfono de información: 012   Enlace web: www.xunta.es
Aragón:  Enlace web: www.aragon.es
Asturias: Teléfono de información: 012  Enlace web: www.asturias.es (Salario Social Básico)
Castilla y León: Teléfono de información: 012  Enlace web: www.jcyl.es

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Fuerteventura, 15 de Junio de 2017

viernes, 26 de abril de 2013

La Epa y el Primero de Mayo




La EPA muestra la cruda realidad de nuestro mercado laboral, suponen un jarro de agua fría a las expectativas de crecimiento y son fruto de la recesión en que estamos inmersos, como consecuencia de las políticas de “ultraausteridad” que nos impone el Gobierno al dictado de la troika comunitaria.
Es de sabios rectificar, si tras 15 meses de Gobierno nada mejora, especialmente en materia de empleo, deben acometerse reformas en otra dirección para posibilitar políticas de crecimiento generadoras de actividad económica y por tanto que contribuyan al mantenimiento y creación de empleo.
La inminente revisión del “increíble” cuadro macroeconómico que sirvió de base a los Presupuestos Generales del Estado, hace que estos, una vez más, sean papel mojado.  Con un decrecimiento del PIB entorno al 1,5 %, el empleo se resentirá más y seguirá destruyéndose. No sirven falsos consuelos de que el desempleo ha crecido menos que en el año anterior. La cruda realidad es que seguimos destruyendo empleo: 798.500 personas que estaban trabajando y ya no lo están, personas que contribuían a los ingresos del Estado y ya no lo hacen. Esta disminución del número de ocupados unido a un descenso de la población activa de 235.300 personas, hace que los datos sean de especial gravedad, más aun que el número de desempleados en el mismo período se incrementase en 563.200 personas hasta alcanzar la cifra del 6.202.700 desempleados, situando la tasa de paro en el 27,16%.
La ocupación disminuye tanto en el sector privado como en el sector público, si bien en números absolutos lo hace más en el sector privado, en términos relativos se está destruyendo más en el público con un descenso del 8, 32%, que más que duplica la del sector privado 3,77%.
Desde Rincón del Ciudadano pedimos al Gobierno que “piense más en las personas, y menos en las instituciones, especialmente las financieras, y ponga los recursos al servicios de las personas, con especial atención a las más necesitadas, como son los que conforman los hogares que tienen a todos sus miembros activos en paro que se han incrementado en 72.400 y se sitúa en 1.906.100”.
En Rincón del Ciudadano creemos que este es un motivo más para movilizarse este Primero de Mayo y adjuntamos el comunicado de Sindicatos y Organizaciones del Archipiélago Canario:

Comunicado Primero de Mayo Canarias
El Primero de Mayo es un hito fundamental para la lucha del movimiento obrero en el mundo,  no es una celebración cualquiera sino el recordatorio de que todas las conquistas de derechos de los trabajadores y trabajadoras, han sido producto del esfuerzo y la lucha de gente como los Mártires de Chicago, capaces de, con su vida y con su muerte legarnos no solamente el disfrute de  derechos fundamentales, sino la obligación de defenderlos para traspasarlos a las futuras generaciones.

Hoy que en Canarias, dichos derechos son atacados y puestos en grave peligro por las agresión del gobierno del Estado y la complicidad abierta del Gobierno de Canarias, es responsabilidad ineludible de los trabajadores y trabajadoras y sus organizaciones naturales que son los sindicatos plantar cara y ser la vanguardia de la lucha en defensa de los derechos laborales y sociales que nos son arrebatados cotidianamente y contra el empobrecimiento acelerado de la mayoría social de nuestro pueblo. Porque si bien la crisis estructural del sistema económico capitalista y la nefasta gestión de la misma desde un poder político que actúa claramente al servicio del poder económico afecta al conjunto de territorios bajo administración de la  Unión Europea, en Canarias nos golpea con mucha mayor dureza. Un paro creciente que supera el 33%, de los cuales casi la mitad no cobra ninguna prestación. Seis de cada diez jóvenes en Canarias no tienen trabajo y un 33,8% de la población vive actualmente bajo el umbral de la pobreza con escasos o ningún recurso y en una espiral creciente de exclusión social. El salario medio de Canarias es un 15,3 % inferior a la media del Estado y los desahucios han dejado sin vivienda a un promedio de 24 familias al día en el último año. Es por ello que los trabajadores y trabajadoras y pensionistas de Canarias planteamos este  Primero de Mayo como una jornada de lucha con las siguientes reivindicaciones fundamentales:

El empleo como prioridad por encima del pago de la Deuda
Exigimos una acción decidida por parte de la UE, el Gobierno del Estado  Español, el de Canarias y los Cabildos Insulares por la creación de empleo, de manera que la creación de empleo constituya la prioridad que defina la elaboración de los presupuestos. El Gobierno de Canarias, los Cabildos Insulares y las Administraciones locales no pueden seguir dando la espalda  al problema que afecta más gravemente a los canarios y las canarias, por lo que exigimos la retirada de la reforma del art. 135 de la constitución.

Retirada de la Reforma Laboral aprobada por  a través del Real Decreto Ley 3/2012,  de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo y de todas las reformas anteriores y posteriores que han quitado derechos y precarizado las condiciones de trabajo de la clase trabajadora. 
La reforma laboral desde su aplicación no solamente no ha favorecido la creación de empleo como pregonaba el gobierno del PP sino que, por el contrario, ha servido para incrementar el paro, facilitar el despido, precarizar el empleo y pulverizar el consumo, incidiendo de esta manera en frenar aún más el crecimiento económico de las islas. 
Esta situación será aún más grave  a partir del vencimiento en el mes de julio  de la ultractividad de los convenios, deja sin efectos los acuerdos de los convenios colectivos,  lo que provocará una profunda  pérdida de los derechos adquiridos por los trabajadores y trabajadoras en la negociación de convenios en los distintos niveles. 

Rechazo de las políticas de la Unión Europea,  Gobierno del Estado Español y el Gobierno de Canarias que aumentan la exclusión social, y la pobreza, por medio de  recortes de servicios públicos esenciales como educación, sanidad y servicios sociales
Los recortes presupuestarios y de recursos en Educación, Sanidad y Servicios Sociales, ordenados por la Troika pero  incluidos y aplicados en los presupuestos generales, tanto del Estado como del Gobierno de Canarias, muestran dos claras intenciones:
La primera es cargar la factura de los multimillonarios rescates del sistema financiero en las espaldas de los más desfavorecidos, al mismo tiempo que miles de millones de euros van a parar a manos precisamente las instituciones financieras causantes de una crisis que cada vez demuestra más ser una estafa. La segunda es claramente ideológica al ocultar en una supuesta  “eficiencia presupuestaria”, la verdadera intención  de  desmantelar lo público para favorecer su privatización. En Canarias la coincidencia entre los recortes en la sanidad canaria y las transferencias millonarias a la sanidad privada por la vía de los conciertos son una clara prueba de ello.

Rechazo al recorte  de derechos fundamentales y restricción de libertades civiles
El gobierno del PP por medio de reformas en el ámbito jurídico y en la práctica cotidiana está inmerso en una lógica de criminalización de la creciente protesta social.. La violencia empleada por los cuerpos de represión del Estado tanto contra los manifestantes de distintas causas como contra las familias que son desahuciadas por la fuerza de sus viviendas para que estas sean entregadas a los bancos, se está convirtiendo en una práctica habitual. Asimismo la intención de restringir conquistas de libertades civiles como el derecho a la interrupción del embarazo o el matrimonio entre personas del mismo sexo, que han sido producto de años de lucha y concienciación social por parte de diversos movimientos sociales, configuran un contexto de creciente autoritarismo e intolerancia practicada desde el Estado contra la colectividad.

Defensa del derecho a la pensión digna y a la protección social efectiva para todos y todas. Retirada del RD 5/2013 de Reforma de las Pensiones
Es evidente que el  peso  más duro de los recortes y las medidas antipopulares recae en los sectores más desprotegidos, esto puede evidenciarse en el hecho de que el gobierno haya  disminuido el poder adquisitivo de la pensiones al no actualizarlas en función a la inflación.  Además, con  su última reforma ha sentado las bases de un esquema en el cual una pensión digna se   está convirtiendo progresivamente en un privilegio al alcance de unos pocos.
Los recortes en materias como la atención de la diversidad funcional y la retirada de la tarjeta sanitaria a las personas migrantes en situación administrativa irregular constituyen medidas  que, al desproteger a los más vulnerables colocan  en situación de exclusión social a muchísimas personas, más aún en Canarias, que soporta  pensiones 6% por debajo de la media estatal y el más bajo nivel de aplicación de le Ley de Dependencia.
Es urgente modificar la legislación hipotecaria en el estado que está dejando sin casa a miles de personas. Un cambio que proteja a las personas y garantice el derecho a la vivienda de todos/as los ciudadanos/as.

Movilización y lucha para cambiar las cosas
Si bien el panorama descrito  se nos muestra sombrío, el pasado año 2012 ha marcado un punto de inflexión y es prueba de un claro  despertar de la clase trabajadora canaria.
Por eso este Primero de Mayo debe servir para reafirmar la dignidad y el orgullo del movimiento obrero canario, enraizado profundamente en el sacrificio y la sangre de quienes nos precedieron en la lucha  y reafirmando nuestra disposición a contestar una a una todas las agresiones hasta derrotarlas y alumbrar el camino de la construcción de una Canarias con justicia social y vida digna para todos y para todas.

Los Comités de Empresas, los delegados y delgadas de los trabajadores/as convocamos a todos los trabajadores y trabajadoras acudir a la manifestación del primero de mayo por el Empleo, Derechos, Convenios

GRAN CANARIA: Manifestación a las 11:30 desde Plaza San Telmo hasta Plaza Santa Ana.
TENERIFE: Manifestación a las 12:00 desde la Plaza de Weyler hasta Plaza de La Candelaria
EL HIERRO: Concentración a las 12:00 en el Pico de Malpaso
LA GOMERA: Manifestación a las 12:00 desde Plaza de España
LA PALMA: Concentración-Manifestación a las 12:00 en Plaza de España
FUERTEVENTURA: Concentración en C/ 1º de Mayo a las 12:00
LANZAROTE: Concentración a las 11:00 horas en Calle Real (Cabildo Viejo)

 Fernando González Silva
 26 de Abril de 2013

lunes, 15 de abril de 2013

Firmar Carta de Despido

 
 


¿Tengo que firmar la carta de despido? ¿Si no la firmo qué pasa? ¿Puedo demandar si he firmado? Este artículo pretende responder a estas preguntas indicando unas reglas generales que todo empleado podría seguir cuando un empresario pretenda que firme algo. Por supuesto, no son exactas porque cada caso particular habría que analizarlo, pero por lo menos te pueden hacer un apaño. Cuanto más empresario sea, más importante será que grabes la "reunión". No importa que no lo sepa. Menos aún importa que lo sepa y que no quiera que la grabes. Las pruebas obtenidas mediante grabaciones ocultas son admisibles como prueba en juicios laborales. Si el empresario hispánico mostrara algunas de los comportamientos típicos de su especie, la grabación no sólo te podría permitir que fuera declarada nula la medida adoptada (despido, reducción salarial, modificación de horario, traslado, cambio de funciones...) sino que podría constituir la prueba de uno o varios de los delitos típicos de los empresarios, con lo que no sólo podrías tener la sartén por el mango sino la batería de cocina completa.

viernes, 22 de marzo de 2013

Escrito de Disconformidad con Alta Médica

En este nuevo post os adjunto un escrito de reclamación de disconformidad con el alta médica, con copiar y pegar vale.
Se puede usar completo o se descarga de la página de la seguridad social:
 http://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/binario/123136.pdf

Si descargas de la Seguridad Social puedes pegar lo que creas conveniente de este escrito. Espero que sirva de ayuda.



AL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE …………

            D. _________________________________________________, mayor de edad, con DNI ___________________________, con domicilio a efectos de notificaciones en ……………, Calle _________________________________________________________ ante la Dirección  Provincial del INSS comparece y, como mejor proceda en Derecho, EXPONE:

            Que por medio del presente escrito formulo RECLAMACION PREVIA a la vía jurisdiccional laboral, contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, en la persona de su representante legal, en IMPUGNACIÓN DEL PARTE DE ALTA DE INCAPACIDAD TEMPORAL, todo ello en base a las siguientes HECHOS:

            PRIMERO.- Que soy trabajador de la empresa _____________________________, con una antigüedad desde _____________________ siendo mi categoría profesional en la empresa la de __________________________, y percibiendo un salario mensual de ______________________ euros.

            SEGUNDO.- Que con fecha ______ de _______ de 20__, los servicios médicos de la Gerencia Regional de Salud …………………………. me extendieron parte de baja por incapacidad temporal, por contingencias comunes.

TERCERO.- Que con fecha _____ de _________ de 2.0__, los mencionados servicios médicos me extendió parte de alta alegando “mejoría que permite trabajar” en el boletín de alta.

Contra la mencionada alta manifesté verbalmente mi disconformidad, frente al facultativo de la mutua.

CUARTO.- Que considero que el parte de alta extendido por los servicios médicos del …………, es nulo al no existir mejoría en mi estado de salud y por lo tanto no existe  causa que la justifique, teniendo en cuenta que se cumplen en mi caso todos los requisitos legales para estar en situación de baja por incapacidad temporal motivada por contingencias comunes.

QUINTO.- Se formula la presente Reclamación Previa a la vía jurisdiccional laboral contra el INSS, por ser esta entidad responsable, junto con la Tesorería General de la Seguridad Social, del pago del periodo de incapacidad temporal, aunque a la vez de la presente, en escrito a parte, se formula reclamación previa contra .................................................


Por lo expuesto;

SOLICITO AL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL que presentado este escrito lo admita, en su virtud tenga por formulada RECLAMACION PREVIA a la vía jurisdiccional laboral, contra parte de alta médica por contingencias comunes, y se dicte resolución por la que se anule el parte de alta médica que se recurre, y se reconozca que me encuentro en situación de Incapacidad Temporal, y se me reconozcan las prestaciones inherentes a dicho reconocimiento desde el inicio de la baja.

Es justicia que se pide en  ………….., a _____ de ______ de 20__











Firmado ____________________________



Fernando González Silva
22 de Marzo de 2013