En esta ocasión, en Rincón del Ciudadano y derechos civiles, decimos alto y claro NO! a las prospecciones petroliferas en Canarias. A continuación publicamos el comunicado de la campaña #SaveCanarias y mostramos nuestro apoyo.
Después del comunicado se encuentra el enlace para estampar vuestra firma.
No al petróleo en las Islas Canarias / Salva las Islas Canarias
Mr. Martin Schulz,
president of the European Parliament
Mr. José Manuel Durao Barroso, president of the European Commission
Mr. Mariano Rajoy Brey, president of Spanish Government
CC: Mr. Antonio Brufau, president of REPSOL
CC.: Mr. Peter Terium, Chief Executive Officer of RWE Dea Energy
CC.: Mr. Michael Chaney, WOODSIDE´s Chairman
Estimados señores,
He tenido conocimiento de que el Gobierno español aprobó, en marzo de 2012,
el inicio de operaciones petrolíferas en el Océano Atlántico, en las Islas
Canarias. También he sabido que la zona de perforación está situada a sólo diez
kilómetros de las principales playas de la isla de Fuerteventura y a dieciocho
kilómetros de la isla de Lanzarote, ambas declaradas Reservas de la Biosfera
por las Naciones Unidas.
Canarias es uno de los destinos turísticos más importantes del mundo, y
recibe cada año más de 12 millones de visitantes que disfrutan de sus playas,
de su naturaleza, de su clima, de sus paisajes, y de la cultura de sus
hospitalarias gentes. He sabido que las perforaciones podrán tener lugar a más
de 5.000 metros de profundidad por debajo de un fondo marino situado en aguas
ultraprofundas, a más de 1.500 metros por debajo de la superficie del mar.
Además, este fondo marino tiene una intensa actividad sísmica, incrementando el
nivel de riesgo sobre unas islas donde el 100% del agua potable se extrae del
mar. Una marea negra como la acontecida en el Golfo de México en 2010, sería catastrófica
para millones de personas y para el futuro de este archipiélago. Y ninguna de
las ocho islas Canarias estaría a salvo en caso de producirse un gran derrame
en la zona.
Este archipiélago de 7.000 km2 alberga más de 19.000 especies de fauna y
flora, de las cuales 5.000 son exclusivas del planeta y viven solo en estas
islas; además, Canarias tiene cuatro parques nacionales, y más del 47% de su
territorio está protegido por convenios y legislaciones de Naciones Unidas, de
la Unión Europea y de España; sin embargo, las autoridades españolas y el
consorcio petrolífero (REPSOL, RWE y WOODSIDE) defienden las explotaciones a
pesar de estos valores ambientales y del criterio opuesto del Gobierno de
Canarias y de los gobiernos de Lanzarote y Fuerteventura.
Universidades europeas, de EEUU, comités científicos de más de 100 países,
UICN, organizaciones como Oceana, Greenpeace, WWF, Friends of Earth,Ben
Magec/Ecologistas en Acción, SECAC, fundaciones culturales, artísticas,
sociales, y cientos de miles de personas se oponen a este proyecto porque es
incompatible con el cuidado del medio ambiente y con los modelos energéticos
que deben impulsarse para cuidar nuestro planeta. Destacados operadores
turísticos europeos han alertado también sobre las operaciones petrolíferas, al
entender que amenazan seriamente el sector turístico, principal pilar económico
de las Islas Canarias. Reducir los graves efectos del cambio climático es
responsabilidad de todos los habitantes del planeta, y por ello es
imprescindible, con ejemplos y hechos concretos, reducir el uso de las energías
fósiles y sustituirlas por renovables, y Canarias tiene las condiciones
climáticas perfectas para lograr este trascendente objetivo.
En consecuencia, solicito su intervención, con carácter de urgencia, para
frenar definitivamente esta amenaza ambiental y para promover modelos
energéticos que beneficien al interés general. Los proyectos de alto riesgo
ambiental que solo benefician a las multinacionales del petróleo no tienen
cabida en una sociedad libre, democrática y racional como la nuestra. Su
ejemplo, como destacado representante de la ciudadanía, es imprescindible para
demostrar que nuestros representantes políticos trabajan para defender los
derechos y el interés público antes que el lucro de un sector privado.
Muchas gracias
Para firmar la petición.
http://savecanarias.org/
Fuerteventura, 05 de Diciembre de 2013
Nunca como hasta ahora los derechos civiles habían sido tan generalmente aceptados e invocados. Nunca antes gozaron de tanto prestigio. Quizás por ello nunca fue tan grande el riesgo de verlos convertidos en un todo abstracto, retórico, vacío de contenido práctico. Quizás por ello nunca fue tan necesario como hoy el trabajar por su realización efectiva, luchar contra la injusticia, la exclusión, la intolerancia, la miseria, la incultura o la explotación.
miércoles, 4 de diciembre de 2013
Rincón del Ciudadano dice NO a las prospecciones petroliferas en Canarias
martes, 19 de noviembre de 2013
¿Qué es un ERE? Explicado paso a paso
En Rincón del Ciudadano nos ocupamos en esta ocasión de los ERES. Estos Expedientes de Regulación de Empleos se han convertido, por desgracia, en algo cotidiano gracias a la Reforma Laboral aprobada por este gobierno a primeros de 2012. Solamente personas con pocas luces pueden justificar que esta reforma laboral ha creado, esta creando o creara empleo. Desde el principio esta reforma, como la que planteo el PSOE en su momento, solamente han servido y servirán para abaratar los despidos, precarizar el empleo y retroceder más de veinte años en nuestros derechos laborales. Retomando el principio del blog, en esta ocasión explicaremos de forma clara y sencilla los ERES paso a paso. Si por desgracia te toca formar parte de un Expedientes de Regulación aquí te damos unas pautas básicas de actuación.
Prácticamente todos los días nos levantamos con alguna noticia acerca de un ERE, que si telefónica va a hacer un ERE al 10% de su plantilla, que si el número de ERE se reducen (en octubre de 2010 el número de ERE se había reducido en casi un 50%) que si en abril de 2011 habían aumentado un 5% los ERE de reducción de jornada con respecto a abril de 2010…
Pero, ¿qué es un ERE y qué implica?
No quiero soltaros una historia jurídico-legal, así que aunque inevitablemente, me voy a remitir al Estatuto de los Trabajadores, intentaré explicarlo de la manera más amena para que todos podamos entenderlo.
Un ERE es un Expediente de Regulación de Empleo. Es un procedimiento administrativo-laboral de carácter especial por el que se pueden suspender o extinguir las relaciones laborales cuando concurran determinadas causas y garantizando los derechos de los trabajadores.
Se sigue este procedimiento en la tramitación de las siguientes extinciones o suspensiones de contrato de trabajo:
Despido colectivo fundado en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (es la causa más común y es la que vamos a explicar a continuación).Suspensión o extinción de la relación laboral por fuerza mayor. Suspensión de la relación laboral fundada en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción y reducción de jornada por las mismas causas .Extinción de la relación laboral por extinción de la personalidad jurídica del contratante.
El despido colectivo es la extinción de contratos de trabajo debido a causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores, especifica cuáles son dichas causas) cuando, en un período de noventa días, la extinción afecte al menos a:
Diez trabajadores, en las empresas que ocupen menos de cien trabajadores. El 10 % del número de trabajadores de la empresa en aquéllas que ocupen entre cien y trescientos trabajadores. Treinta trabajadores en las empresas que ocupen trescientos o más trabajadores.
Se entiende que concurren causas económicas cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, en casos tales como la existencia de perdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos o ventas. En todo caso, se entenderá que la disminución es persistente si se produce durante tres trimestres consecutivos.
Se entiende que concurren causas técnicas cuando se produzcan cambios, entre otros, en el ámbito de los medios o instrumentos de producción; causas organizativas cuando se produzcan cambios, entre otros, en el ámbito de los sistemas y métodos de trabajo del personal o en el modo de organizar la producción y causas productivas cuando se produzcan cambios, entre otros, en la demanda de los productos o servicios que la empresa pretende colocar en el mercado.
También se considera despido colectivo cuando afecte a la totalidad de la plantilla de la empresa, siempre que el número de trabajadores afectados sea superior a cinco y que se produzca como consecuencia de la cesación total de su actividad empresarial fundada en las mismas causas anteriormente señaladas.
El empresario que tenga intención de efectuar dicho despido colectivo deberá previamente realizar un periodo de consultas con los representantes legales de los trabajadores de una duración no superior a treinta días naturales, o de quince en el caso de empresas de menos de cincuenta trabajadores. La consulta con los representantes legales de los trabajadores deberá versar, como mínimo, sobre las posibilidades de evitar o reducir los despidos colectivos y de atenuar sus consecuencias mediante el recurso a medidas sociales de acompañamiento, tales como medidas de recolocación o acciones de formación o reciclaje profesional para la mejora de la empleabilidad.
La comunicación de la apertura del período de consultas se realizará mediante escrito dirigido por el empresario a los representantes legales de los trabajadores, una copia del cual se hará llegar, junto con la comunicación, a la autoridad laboral.
Transcurrido el período de consultas el empresario comunicará a la autoridad laboral el resultado del mismo. Si se hubiera alcanzado acuerdo, trasladará copia íntegra del mismo. En caso contrario, remitirá a los representantes de los trabajadores y a la autoridad laboral la decisión final de despido colectivo que haya adoptado y las condiciones del mismo
La empresa que lleve a cabo un despido colectivo que afecte a más de cincuenta trabajadores deberá ofrecer a los trabajadores afectados un plan de recolocación externa a través de empresas de recolocación autorizadas. Dicho plan, diseñado para un periodo mínimo de 6 meses, deberá incluir medidas de formación y orientación profesional, atención personalizada al trabajador afectado y búsqueda activa de empleo. En todo caso, lo anterior no será de aplicación en las empresas que se hubieran sometido a un procedimiento concursal. El coste de la elaboración e implantación de dicho plan no recaerá en ningún caso sobre los trabajadores.
La decisión empresarial podrá impugnarse por los representantes legales o sindicales de los trabajadores, ante la Jurisdicción Social.
La demanda deberá presentarse en el plazo de veinte días desde la notificación a los representantes de los trabajadores de la decisión de despido colectivo adoptada por el empresario al finalizar el período de consultas. Este proceso tendrá carácter urgente. La preferencia en el despacho de estos asuntos será absoluta sobre cualesquiera otros, salvo los de tutela de los derechos fundamentales y libertades públicas.
El efecto de la aprobación del ERE implica que aquellos trabajadores cuyos contratos se extingan tendrán derecho a una indemnización de, como mínimo, 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades. Si se ha acordado con la empresa, la cantidad puede ser mayor. A veces se pacta un calendario de pagos. Esta deberá ser abonada simultáneamente con la comunicación de la decisión extintiva. Cuando se trate de empresas de menos de 25 trabajadores el 40 por 100 de la indemnización mínima la abonará el Fondo de Garantía Salarial.
Espero que esta información sea de vuestro agrado. Por supuesto, un agradecimiento grande por la visita a este blog.
Fuerteventura, 19 de Noviembre de 2013
martes, 3 de septiembre de 2013
Cómo Cobrar el Subsidio los Mayores de 55 años
En
esta ocasión en Rincón del Ciudadano hablamos de los requisitos que debemos
cumplir si necesitamos solicitar el subsidio para mayores de 55 años. También
incluimos una serie de enlaces a la web del Ministerio de Empleo desde donde tendréis
acceso a los impresos necesarios. Deseamos que esta información sea de vuestro
agrado y satisfaga vuestras reiteradas peticiones de información en este
sentido. Para resolver cualquier duda, sugerencia, pregunta, etc. Saber que contáis
con nuestra colaboración. Sin más dilación pasamos a dar los requisitos:
Puedes obtener más información en el teléfono de atención a la ciudadanía 901 11 99 99.
Para mantener el derecho Ud. deberá acreditar que mantiene la situación de carencia de rentas. Para ello debe presentar una vez al año una declaración de ingresos.
En el caso de desempleo por pérdida de un trabajo a tiempo parcial dicha cuantía se percibirá en proporción a las horas previamente trabajadas.
La entidad gestora (Servicio Público de Empleo Estatal o Instituto Social de la Marina) ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a la jubilación. La base de cotización por jubilación será 100% del tope mínimo vigente en cada momento.
Asimismo, se tiene derecho a acciones específicas de formación, perfeccionamiento, orientación, reconversión, inserción profesional y aquellas otras que tengan por objeto el fomento del empleo estable.
Puedes obtener más información en el teléfono de atención a la ciudadanía 901 11 99 99.
La documentación que debes aportar es la siguiente:
La falta de aportación de la declaración en el plazo señalado implicará la interrupción del pago del subsidio y de la cotización a la Seguridad Social. La aportación de la declaración fuera del plazo señalado implicará, en su caso, la reanudación del devengo del derecho con efectos de la fecha en que se aporte dicha declaración.
Las personas trabajadoras perceptoras del subsidio de mayores de 55 años podrán suscribir un Convenio Especial, a través de las Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social, para completar la cotización por jubilación que efectúa la Entidad Gestora.
Puedes obtener más información en el teléfono de atención al ciudadanía 901 11 99 99.
04 de Septiembre de 2013
- Estar en desempleo.
- Tener cumplidos 55 o más años en la fecha de agotamiento de la prestación por desempleo o del subsidio por desempleo, o tener cumplida esa edad en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno de los siguientes subsidios: por agotamiento de la prestación contributiva, emigrante retornado, revisión por mejoría de un invalidez, , liberado de prisión o cotizaciones insuficientes para la prestación contributiva, o cumplirla durante la percepción de éstos.
- Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo durante el periodo de un mes y no haber rechazado oferta de empleo adecuada, ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, desde la inscripción como demandante de empleo. La inscripción deberá mantenerse durante todo el periodo de duración del subsidio.
- Suscribir el Compromiso de Actividad.
- Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias.
- Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral.
- Cumplir todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión de jubilación en el Sistema de la Seguridad Social.
- Estar incluido en alguno de los supuestos siguientes:
- Estar percibiendo o tener derecho a percibir subsidio.
- Haber agotado prestación contributiva o subsidio por desempleo.
- Ser emigrante retornado (haber trabajado como mínimo 12 meses en el extranjero desde tu última salida de España) sin derecho a prestación contributiva por desempleo.
- Ser liberado o liberada de prisión sin derecho a prestación contributiva por desempleo cuando la privación de libertad hubiera sido por tiempo superior a 6 meses.
- Haber sido declarado plenamente capaz o inválido parcial como consecuencia de expediente de revisión por mejoría de una situación de gran invalidez, invalidez absoluta o total para la profesión habitual.
- Estar en situación legal de desempleo, no tener derecho a prestación contributiva por desempleo por no haber cubierto el período mínimo de cotización (12 meses), siempre que hayan cotizado, al menos, 3 meses.
Puedes obtener más información en el teléfono de atención a la ciudadanía 901 11 99 99.
Duración y cuantía
Duración
La duración del subsidio será hasta cumplir la primera edad para acceder a la pensión contributiva de jubilación, en cualquiera de sus modalidades.Para mantener el derecho Ud. deberá acreditar que mantiene la situación de carencia de rentas. Para ello debe presentar una vez al año una declaración de ingresos.
Cuantía
La cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). (Datos para este año)En el caso de desempleo por pérdida de un trabajo a tiempo parcial dicha cuantía se percibirá en proporción a las horas previamente trabajadas.
La entidad gestora (Servicio Público de Empleo Estatal o Instituto Social de la Marina) ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a la jubilación. La base de cotización por jubilación será 100% del tope mínimo vigente en cada momento.
Asimismo, se tiene derecho a acciones específicas de formación, perfeccionamiento, orientación, reconversión, inserción profesional y aquellas otras que tengan por objeto el fomento del empleo estable.
Puedes obtener más información en el teléfono de atención a la ciudadanía 901 11 99 99.
Solicitud y documentación
Si tienes 55 o más años en el momento en que se produzca alguna de las situaciones descritas en los requisitos anteriores, debes presentar la solicitud en el plazo de 15 días hábiles siguientes, (no se cuentan los domingos y festivos) una vez transcurrido un mes de espera, excepto en el caso de que hayas cesado en un trabajo y no tengas derecho a prestación contributiva, en el que el plazo es de 15 días hábiles a partir del cese o de la finalización del período de vacaciones anuales retribuidas y no disfrutadas, en su caso.La documentación que debes aportar es la siguiente:
- Modelo oficial de solicitud.
- Será necesaria la exhibición del Documento Nacional de Identidad (DNI)/Pasaporte/Tarjeta de identidad del extranjero (TIE)/Documento que contenga el Número de Identidad de Extranjero (NIE).
- Solamente si la entidad gestora lo solicita, el justificante de rentas.
La falta de aportación de la declaración en el plazo señalado implicará la interrupción del pago del subsidio y de la cotización a la Seguridad Social. La aportación de la declaración fuera del plazo señalado implicará, en su caso, la reanudación del devengo del derecho con efectos de la fecha en que se aporte dicha declaración.
Las personas trabajadoras perceptoras del subsidio de mayores de 55 años podrán suscribir un Convenio Especial, a través de las Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social, para completar la cotización por jubilación que efectúa la Entidad Gestora.
Puedes obtener más información en el teléfono de atención al ciudadanía 901 11 99 99.
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gustó la entrada, puedes suscribirte, darle "me gusta" o "compartir"
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Fernando González Silva04 de Septiembre de 2013
viernes, 12 de julio de 2013
Balada para una España difunta
Cuando la injusticia en
España se convierte en algo cotidiano y no sucede nada, es síntoma de que las
cosas no marchan bien, por lo menos para una parte importante de la ciudadanía.
Cuando el “y tu más” se convierte en el único debate
dialéctico y a nadie se le cae la cara de vergüenza, seguimos teniendo un
problema.
Cuando un “despido en diferido”, je.je.je. Disculpen pero
rio por no llorar, se convierte en algo normal sin que nadie presente su
dimisión ante este dislate, continuamos teniendo un gran y grave problema.
Dios! Perdonen pero me ha sucedido como a Rajoy, he evitado
nombrar al Sr. Bárcenas, je.je.je. no vaya a ser…
Continuo con el tema que me ha llevado a escribir este nuevo
post, la injusticia en este país. No quiero desviarme con el caso Bárcenas,
aunque debo reconocer que es un recurso fácil y da para muchos posts, pero lo
dicho, a seguir con la injusticia.
Cuando en este país todavía continúan condenando a un joven
a un año de cárcel por robar una gallina valorada en cinco euros, o el caso de
la joven que gastó los doscientos euros de la tarjeta de crédito que se
encontró para dar de comer a sus hijos. Cuando todo esto esta sucediendo,
comprobamos por otro lado que para determinada clase social, la de los
poderosos, existe otra justicia diferente y sucede que, cuando llegan las
condenas finalmente, normalmente más tarde que pronto, siempre tendrán un
indulto, una reducción, un recurso o vaya usted a saber…
Tontería es decir, que esto vulnera la Constitución
Española, cuando dice aquello de: “Todos somos iguales ante la Ley”, recuerdo
algún artículo más que hablaba de vivienda, otro de trabajo, etc.
Me estoy desviando del tema por segunda vez, y de corazón os
digo que no es mi intención, pero las injusticias me pueden.
Cuando uno lee que la Empresa Municipal de Vivienda ha
desahuciado a Félix Jiménez y su familia de ocho miembros, seis de ellos niños.
Este viernes 12 de Julio ha perdido su casa en el distrito de Vallecas a pesar
de haber hecho frente a 2.500 euros de rentas atrasadas, es decir, lo
desahucian debiendo cero euros. Cuando esto sucede, cuando la injusticia,
cuando el negocio, cuando la especulación inmobiliaria, cuando el poder de unos
pocos prevalece por encima de la dignidad, la justicia y de los mínimos
derechos humanos, algo no va bien.
Cuando continuamente escuchamos, leemos o vemos en
diferentes medios, los múltiples desahucios e injusticias diversas que
diariamente suceden, personas y niños en la calle o de ocupas en cualquier esquina,
el robo de las preferentes, rescates sin límites a la banca, padres e hijos sin
trabajo, comedores sociales, bancos de alimentos, pobreza, etc. Algo no va
bien. Resumiendo, un empobrecimiento general y la destrucción de nuestros
derechos. Mientras tanto, los Ministros de turno nos hablan sin pudor ni
sonrojo, de los nuevos brotes verdes que se vislumbran en el horizonte. Lo
dicho, algo no va bien.
Finalizo este post con las mismas palabras con las que comencé.
Cuando la injusticia en España se convierte en algo cotidiano y no sucede nada,
significa que algo no marcha bien.
Un penúltimo apunte, “Todos somos responsables de esta
situación”, en mayor o menor medida, pero “Todos somos culpables”. Si, somos
culpables pero no por vivir por encima de nuestras posibilidades, sino por
haber permitido que otros vivieran por encima de nuestras posibilidades.
Por último, no puedo olvidarme de todas esas personas,
mareas y plataformas surgidas a partir del 15-M , felicitarlas y agradecer su
labor de concienciación. Por supuesto, mi respeto y admiración también a todos
esos políticos, funcionarios, jueces, abogados, periodistas, etc. Profesionales
íntegros y honestos que luchan por un mundo mejor y más justo
independientemente de sus ideas o color.
Muchas Gracias por tu visita.
Si te ha gustado, puedes compartir.
Fernando González
Silva
Fuerteventura, 12 de
Julio de 2013
Etiquetas:
15 M,
derechos civiles,
derechos en España,
derechos humanos,
derechos sociales,
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pobreza
viernes, 24 de mayo de 2013
Renta Mínima de Inserción
En la entrada de hoy nos ocupamos de la Renta Mínima de Inserción, también
llamado Salario Social. Una pequeña guía con enlaces a las diferentes
comunidades autónomas que espero sea de utilidad. El día 15 de Junio de 2017 he actualizado todos los datos y enlaces. Si en cualquier momento compruebas que algo no funciona me puedes enviar un email o escribir un comentario.
En esta época que nos ha tocado vivir, toda ayuda económica es poca para aquellas personas que deben mantener a su familia y carecen de empleo. Especialmente por las escasas probabilidades que tienen para encontrar un puesto de trabajo que cubra las necesidades de su familia.
En esta época que nos ha tocado vivir, toda ayuda económica es poca para aquellas personas que deben mantener a su familia y carecen de empleo. Especialmente por las escasas probabilidades que tienen para encontrar un puesto de trabajo que cubra las necesidades de su familia.
¿En qué consiste?
Se trata de una prestación económica que
se calcula sumando una prestación mensual básica (no suele superar el 70%
del salario mínimo interprofesional) y un
complemento variable que dependerá de la cantidad de miembros de la unidad
familiar que convivan bajo el mismo techo.
Destinatarios de la Renta Mínima de
Inserción
Se otorga la RMI a aquellas familias
que, por carecer de empleo, de una pensión o de otras prestaciones de
protección social, no pueden hacer frente a las necesidades básicas de la vida.
El fin de la renta, es conseguir que
estas familias reciban apoyo personalizado para que puedan conseguir su
inserción social y laboral.
Requisitos para acceder a esta
prestación
Aunque cada Comunidad Autónoma tenga sus
requisitos propios, lo cierto es que comparten la mayoría:
- Residir de manera permanente y efectiva en la Comunidad Autónoma y estar empadronado en alguno de sus municipios
- Tener una edad comprendida entre los 25 y los 65 años. Se hacen excepciones a:
- Personas entre 18 y 25 años si hasta la mayoría de edad estuvo tutelado por la Comunidad, en casos de orfandad absoluta, en casos de grave exclusión social.
- Personas fuera de este rango si se tienen personas con más de un 45% de discapacidad a su cargo.
- Personas mayores de 65 años que carecen de pensión o prestación de renta mínima.
3.
Constituir una unidad familiar con anterioridad mínima de 6 meses antes
de solicitar la RMI.
4. Carecer de
los recursos económicos necesarios para financiar las
necesidades básicas de la vida.
Duración de la prestación
En este caso, la duración de la
prestación sí que depende completamente de la Comunidad Autónoma y puede variar
mucho. Algunas Comunidades otorgan esta ayuda durante 12 meses, otras
durante 60 y otras incluso de manera indefinida.
En cualquier caso, será necesario
acreditar que se siguen cumpliendo los requisitos para recibir esta ayuda con
cierta periodicidad.
Todas las Comunidades
Autónomas disponen de áreas de Servicios
Sociales y cada uno tiene su propio
sistema de ayudas, con distintos nombres: salario social, renta social, renta mínima, renta
garantizada de ciudadanía, ayudas para la integración en situaciones de
emergencia social, etc.
Por lo tanto, lo primero que debe hacer quien necesite este tipo de ayuda es acudir a un asistente social, preferentemente del ayuntamiento o de la comunidad autónoma:
Por lo tanto, lo primero que debe hacer quien necesite este tipo de ayuda es acudir a un asistente social, preferentemente del ayuntamiento o de la comunidad autónoma:
Madrid: Teléfono de
información: 012 Enlace web: en
www.madrid.org (Renta Mínima de Inserción)
Cataluña: Teléfono de información: 012 Enlace web: en www.gencat.cat
(Renta Mínima de Inserción)
Andalucía: Teléfono de información: 955 04 80 00 Enlace web: www.juntadeandalucia.es
(Ingreso Mínimo de Solidaridad)
Valencia Enlace web: www.gva.es
(Renta Garantizada de Ciudadanía)
Castilla La Mancha: Teléfono: 012 Enlace web: www.jccm.es
(Ingreso Mínimo de Solidaridad)
Murcia: Teléfono de
información 012 Enlace web: www.carm.es
País Vasco: Enlace web www.euskadi.net (servicios sociales)
La Rioja: Enlace web www.larioja.org
(Ingreso Mínimo de Inserción)
Melilla: Enlace web www.melilla.es (emergencia social para necesidades
básicas)
Galicia: Teléfono de información: 012 Enlace web: www.xunta.es
Aragón: Enlace web: www.aragon.es
Asturias: Teléfono de información: 012 Enlace web: www.asturias.es (Salario Social
Básico)
Castilla y León: Teléfono de información: 012 Enlace web: www.jcyl.es
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gustó la entrada, puedes suscribirte, darle "me gusta" o "compartir"
en Facebook, Twitter y Google +. Eso me ayudaría mucho. Gracias
Fuerteventura,
15 de Junio de 2017
viernes, 26 de abril de 2013
La Epa y el Primero de Mayo
La EPA muestra la cruda realidad de nuestro mercado laboral, suponen un jarro de agua fría a las expectativas de crecimiento y son fruto de la recesión en que estamos inmersos, como consecuencia de las políticas de “ultraausteridad” que nos impone el Gobierno al dictado de la troika comunitaria.
Es de sabios rectificar, si tras 15
meses de Gobierno nada mejora, especialmente en materia de empleo, deben
acometerse reformas en otra dirección para posibilitar políticas de crecimiento
generadoras de actividad económica y por tanto que contribuyan al mantenimiento
y creación de empleo.
La inminente revisión del “increíble” cuadro macroeconómico que sirvió de
base a los Presupuestos Generales del Estado, hace que estos, una vez más, sean
papel mojado. Con un decrecimiento del PIB entorno al 1,5 %, el empleo se
resentirá más y seguirá destruyéndose. No sirven falsos consuelos de que el
desempleo ha crecido menos que en el año anterior. La cruda realidad es que
seguimos destruyendo empleo: 798.500 personas que
estaban trabajando y ya no lo están, personas que contribuían a los ingresos
del Estado y ya no lo hacen. Esta disminución del número de ocupados unido a un
descenso de la población activa de 235.300 personas,
hace que los datos sean de especial gravedad, más aun que el número de
desempleados en el mismo período se incrementase en 563.200 personas hasta
alcanzar la cifra del 6.202.700 desempleados, situando la
tasa de paro en el 27,16%.La ocupación disminuye tanto en el sector privado como en el sector público, si bien en números absolutos lo hace más en el sector privado, en términos relativos se está destruyendo más en el público con un descenso del 8, 32%, que más que duplica la del sector privado 3,77%.
Desde Rincón del Ciudadano pedimos al Gobierno que “piense más en las personas, y menos en las instituciones, especialmente las financieras, y ponga los recursos al servicios de las personas, con especial atención a las más necesitadas, como son los que conforman los hogares que tienen a todos sus miembros activos en paro que se han incrementado en 72.400 y se sitúa en 1.906.100”.
En Rincón del Ciudadano creemos que este es un motivo más para movilizarse este Primero de Mayo y adjuntamos el comunicado de Sindicatos y Organizaciones del Archipiélago Canario:
Comunicado Primero de Mayo Canarias
El Primero de Mayo es un hito fundamental para la lucha del
movimiento obrero en el mundo, no es una celebración cualquiera sino el
recordatorio de que todas las conquistas de derechos de los trabajadores y
trabajadoras, han sido producto del esfuerzo y la lucha de gente como los
Mártires de Chicago, capaces de, con su vida y con su muerte legarnos no
solamente el disfrute de derechos fundamentales, sino la obligación de
defenderlos para traspasarlos a las futuras generaciones.
Hoy que en Canarias, dichos derechos son atacados y puestos
en grave peligro por las agresión del gobierno del Estado y la complicidad
abierta del Gobierno de Canarias, es responsabilidad ineludible de los
trabajadores y trabajadoras y sus organizaciones naturales que son los sindicatos
plantar cara y ser la vanguardia de la lucha en defensa de los derechos
laborales y sociales que nos son arrebatados cotidianamente y contra el
empobrecimiento acelerado de la mayoría social de nuestro pueblo. Porque si
bien la crisis estructural del sistema económico capitalista y la nefasta
gestión de la misma desde un poder político que actúa claramente al servicio
del poder económico afecta al conjunto de territorios bajo administración de
la Unión Europea, en Canarias nos golpea con mucha mayor dureza. Un paro
creciente que supera el 33%, de los cuales casi la mitad no cobra ninguna
prestación. Seis de cada diez jóvenes en Canarias no tienen trabajo y un 33,8%
de la población vive actualmente bajo el umbral de la pobreza con escasos o
ningún recurso y en una espiral creciente de exclusión social. El salario medio
de Canarias es un 15,3 % inferior a la media del Estado y los desahucios han
dejado sin vivienda a un promedio de 24 familias al día en el último año. Es
por ello que los trabajadores y trabajadoras y pensionistas de Canarias
planteamos este Primero de Mayo como una jornada de lucha con las
siguientes reivindicaciones fundamentales:
El empleo como prioridad por encima del pago de la Deuda
Exigimos una
acción decidida por parte de la UE, el Gobierno del Estado Español, el de
Canarias y los Cabildos Insulares por la creación de empleo, de manera que la
creación de empleo constituya la prioridad que defina la elaboración de los
presupuestos. El Gobierno de Canarias, los Cabildos Insulares y las
Administraciones locales no pueden seguir dando la espalda al problema
que afecta más gravemente a los canarios y las canarias, por lo que exigimos la
retirada de la reforma del art. 135 de la constitución.
Retirada de la Reforma Laboral aprobada por a
través del Real Decreto Ley 3/2012, de medidas urgentes para la reforma
del mercado de trabajo y de todas las reformas anteriores y posteriores que han
quitado derechos y precarizado las condiciones de trabajo de la clase
trabajadora.
La reforma laboral desde su aplicación no solamente no ha
favorecido la creación de empleo como pregonaba el gobierno del PP sino que,
por el contrario, ha servido para incrementar el paro, facilitar el despido,
precarizar el empleo y pulverizar el consumo, incidiendo de esta manera en
frenar aún más el crecimiento económico de las islas.
Esta situación será aún más grave a partir del
vencimiento en el mes de julio de la ultractividad de los convenios, deja sin efectos los acuerdos de los
convenios colectivos, lo que provocará una
profunda pérdida de los derechos adquiridos por los trabajadores y
trabajadoras en la negociación de convenios en los distintos niveles.
Rechazo de las políticas de la Unión Europea,
Gobierno del Estado Español y el Gobierno de Canarias que aumentan la exclusión
social, y la pobreza, por medio de recortes de servicios públicos
esenciales como educación, sanidad y servicios sociales
Los recortes presupuestarios y de recursos en Educación,
Sanidad y Servicios Sociales, ordenados por la Troika pero incluidos y
aplicados en los presupuestos generales, tanto
del Estado como del Gobierno de Canarias, muestran dos claras intenciones:
La primera es cargar la factura de los multimillonarios
rescates del sistema financiero en las espaldas de los más desfavorecidos, al
mismo tiempo que miles de millones de euros van a parar a manos precisamente
las instituciones financieras causantes de una crisis que cada vez demuestra
más ser una estafa. La segunda es claramente ideológica al ocultar en una supuesta
“eficiencia presupuestaria”, la verdadera intención de desmantelar
lo público para favorecer su privatización. En Canarias la coincidencia entre
los recortes en la sanidad canaria y las transferencias millonarias a la
sanidad privada por la vía de los conciertos son una clara prueba de ello.
Rechazo al recorte de derechos fundamentales y
restricción de libertades civiles
El gobierno del PP por medio de reformas en el ámbito
jurídico y en la práctica cotidiana está inmerso en una lógica de criminalización
de la creciente protesta social.. La violencia
empleada por los cuerpos de represión del Estado tanto contra los manifestantes
de distintas causas como contra las familias que son desahuciadas por la fuerza
de sus viviendas para que estas sean entregadas a los bancos, se está
convirtiendo en una práctica habitual. Asimismo la intención de restringir
conquistas de libertades civiles como el derecho a la interrupción del embarazo
o el matrimonio entre personas del mismo sexo, que han sido producto de años de
lucha y concienciación social por parte de diversos movimientos sociales,
configuran un contexto de creciente autoritarismo e intolerancia practicada
desde el Estado contra la colectividad.
Defensa del derecho a la pensión digna y a la protección
social efectiva para todos y todas. Retirada del RD 5/2013 de Reforma de las
Pensiones
Es evidente que el peso más duro de los recortes
y las medidas antipopulares recae en los sectores más desprotegidos, esto puede
evidenciarse en el hecho de que el gobierno haya disminuido el poder
adquisitivo de la pensiones al no actualizarlas en función a la
inflación. Además, con su última reforma ha sentado las bases de un
esquema en el cual una pensión digna se está convirtiendo progresivamente
en un privilegio al alcance de unos pocos.
Los recortes en materias como la atención de la diversidad
funcional y la retirada de la tarjeta sanitaria a las personas migrantes en
situación administrativa irregular constituyen medidas que, al
desproteger a los más vulnerables colocan en situación de exclusión
social a muchísimas personas, más aún en Canarias, que soporta pensiones
6% por debajo de la media estatal y el más bajo nivel de aplicación de le Ley
de Dependencia.
Es urgente modificar la legislación hipotecaria en el estado
que está dejando sin casa a miles de personas. Un cambio que proteja a las
personas y garantice el derecho a la vivienda de todos/as los ciudadanos/as.
Movilización y lucha para cambiar las cosas
Si bien el panorama descrito se nos muestra sombrío,
el pasado año 2012 ha marcado un punto de inflexión y es prueba de un
claro despertar de la clase trabajadora canaria.
Por eso este Primero de Mayo debe servir para reafirmar la
dignidad y el orgullo del movimiento obrero canario, enraizado profundamente en
el sacrificio y la sangre de quienes nos precedieron en la lucha y
reafirmando nuestra disposición a contestar una a una todas las agresiones
hasta derrotarlas y alumbrar el camino de la construcción de una Canarias con
justicia social y vida digna para todos y para todas.
Los Comités de Empresas, los delegados y delgadas de los
trabajadores/as convocamos a todos los trabajadores y trabajadoras acudir a la
manifestación del primero de mayo por el Empleo, Derechos, Convenios
GRAN
CANARIA: Manifestación a las 11:30 desde Plaza San Telmo hasta Plaza Santa
Ana.
TENERIFE:
Manifestación a las 12:00 desde la Plaza de Weyler hasta Plaza de La Candelaria
EL
HIERRO: Concentración a las 12:00 en el Pico de Malpaso
LA
GOMERA: Manifestación a las 12:00 desde Plaza de España
LA
PALMA: Concentración-Manifestación a las 12:00 en Plaza de España
FUERTEVENTURA:
Concentración en C/ 1º de Mayo a las 12:00
LANZAROTE:
Concentración a las 11:00 horas en Calle Real (Cabildo Viejo)
Fernando González Silva
26 de Abril de 2013
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lunes, 15 de abril de 2013
Firmar Carta de Despido
¿Tengo
que firmar la carta de despido? ¿Si no la firmo qué pasa? ¿Puedo demandar si he
firmado? Este artículo pretende responder a estas preguntas indicando unas
reglas generales que todo empleado podría seguir cuando un empresario pretenda
que firme algo. Por supuesto, no son exactas porque cada caso particular habría
que analizarlo, pero por lo menos te pueden hacer un apaño. Cuanto más
empresario sea, más importante será que grabes la "reunión". No
importa que no lo sepa. Menos aún importa que lo sepa y que no quiera que la
grabes. Las pruebas obtenidas mediante grabaciones ocultas son admisibles como
prueba en juicios laborales. Si el empresario hispánico mostrara algunas de los
comportamientos típicos de su especie, la grabación no sólo te podría permitir
que fuera declarada nula la medida adoptada (despido, reducción salarial,
modificación de horario, traslado, cambio de funciones...) sino que podría
constituir la prueba de uno o varios de los delitos típicos de los empresarios,
con lo que no sólo podrías tener la sartén por el mango sino la batería de
cocina completa.
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viernes, 22 de marzo de 2013
Escrito de Disconformidad con Alta Médica
En este nuevo post os adjunto un escrito de reclamación de disconformidad con el alta médica, con copiar y pegar vale.
Se puede usar completo o se descarga de la página de la seguridad social:http://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/binario/123136.pdf
Si descargas de la Seguridad Social puedes pegar lo que creas conveniente de este escrito. Espero que sirva de ayuda.
AL INSTITUTO NACIONAL
DE LA SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCIÓN PROVINCIAL
DE …………
D.
_________________________________________________, mayor de edad, con DNI
___________________________, con domicilio a efectos de notificaciones en ……………,
Calle _________________________________________________________ ante la
Dirección Provincial del INSS comparece
y, como mejor proceda en Derecho, EXPONE:
Que por medio del presente escrito
formulo RECLAMACION PREVIA a la vía
jurisdiccional laboral, contra el INSTITUTO
NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, en la persona de su representante legal,
en IMPUGNACIÓN DEL PARTE DE ALTA DE
INCAPACIDAD TEMPORAL,
todo ello en base a las siguientes HECHOS:
PRIMERO.-
Que soy trabajador de la empresa _____________________________, con una
antigüedad desde _____________________ siendo mi categoría profesional en la
empresa la de __________________________, y percibiendo un salario mensual de
______________________ euros.
SEGUNDO.-
Que con fecha ______ de _______ de 20__, los servicios médicos de la Gerencia
Regional de Salud …………………………. me extendieron parte de baja por incapacidad
temporal, por contingencias comunes.
TERCERO.- Que con fecha _____ de _________ de
2.0__, los mencionados servicios médicos me extendió parte de alta alegando
“mejoría que permite trabajar” en el boletín de alta.
Contra la mencionada alta manifesté
verbalmente mi disconformidad, frente al facultativo de la mutua.
CUARTO.-
Que considero que el parte de alta extendido por los servicios médicos del …………,
es nulo al no existir mejoría en mi estado de salud y por lo tanto no
existe causa que la justifique, teniendo
en cuenta que se cumplen en mi caso todos los requisitos legales para estar en
situación de baja por incapacidad temporal motivada por contingencias comunes.
QUINTO.-
Se formula la presente Reclamación Previa a la vía jurisdiccional laboral
contra el INSS, por ser esta entidad responsable, junto con la Tesorería
General de la Seguridad Social, del pago del periodo de incapacidad temporal,
aunque a la vez de la presente, en escrito a parte, se formula reclamación
previa contra .................................................
Por lo expuesto;
SOLICITO
AL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL que presentado este escrito lo admita, en
su virtud tenga por formulada RECLAMACION
PREVIA a la vía jurisdiccional laboral,
contra parte de alta médica por contingencias comunes, y se dicte resolución por la que se anule
el parte de alta médica que se recurre, y se reconozca que me encuentro en
situación de Incapacidad Temporal, y se me reconozcan las prestaciones
inherentes a dicho reconocimiento desde el inicio de la baja.
Es justicia que se pide en ………….., a _____ de ______ de 20__
Firmado
____________________________
Fernando González Silva
22 de Marzo de 2013
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