martes, 19 de febrero de 2013

Rincón del Ciudadano con la Marea Ciudadana

Desde las páginas de este blog mostramos nuestro apoyo a las movilizaciones de la Marea Ciudadana el 23F. Aquí os dejo el comunicado de la Plataforma:
La presión de los mercados financieros, la deuda ilegítima creada por el propio sistema financiero especulativo y las brutales políticas de ajuste dirigidas contra la mayoría de la sociedad, junto con la corrupción y la pérdida de legitimidad de las instituciones, están causando en nuestro país la mayor crisis de la democracia de las últimas décadas. 
El creciente desempleo, el ataque a la Sanidad y la Educación públicas, a los derechos laborales y sociales, al medio ambiente, nos ha hecho confluir en las calles, en las mareas ciudadanas, blanca, verde, roja, naranja, amarilla, negra, azul, violeta… defendiendo nuestros derechos. 
Una sociedad justa y viable sólo será posible si la ciudadanía se une para defender los derechos sociales por encima de los mercados y la política honesta y la justicia social por encima de los intereses de las élites financieras. 
La reforma del artículo 135 de la Constitución española, sin consulta alguna a la ciudadanía, supedita todos los recursos del Estado al pago de esta deuda ilegítima a costa de recortar todos los servicios públicos y de subastar a precio de saldo el patrimonio del Estado. Esta reforma supuso un “golpe de estado financiero”, primando el pago de los intereses frente a las obligaciones propias de un Estado Social y de Derecho.
En 1981, tras el golpe militar, la ciudadanía se manifestó masivamente en defensa de la Libertad y la Democracia. 
Ahora, 32 años después, llamamos a toda la ciudadanía, a todas las mareas, asambleas, organizaciones y colectivos a confluir en una jornada de movilización el próximo 23 de febrero.
Por la Democracia, la Libertad y los Derechos sociales. No al golpe de estado financiero. No debemos, no pagamos. Hay alternativas. Hay soluciones: 
- Por la Justicia social y ambiental. 
- Por la Transparencia y la Democracia participativa.
- En defensa de unos Servicios Públicos y Universales. 
- Por una Auditoria Ciudadana de la Deuda. Contra la Deuda ilegítima.
Aquí os dejo unos enlaces con la convocatoria:

Twitter: @MareaCiudadana (hashtag #23F)

Rincón del Ciudadano y Derechos Civiles
Fuerteventura, 20 de Febrero de 2013

viernes, 15 de febrero de 2013

Incapacidad Permanente y Parte 52

Incapacidad Permanente y Parte 52
Explicación de un proceso de incapacidad permanente que se abre a partir del parte de incapacidad temporal nº 52. Recordaros que en estos momentos de recortes en los que nos encontramos lo normal, a pesar de la enfermedad que tengas, es que os den el alta y sea necesario que contrates un abogado para demandar. No te deprimas demasiado por la situación y pide la opinión de un abogado laboralista. Os dejo como ejemplo los pasos que ha tenido que dar un trabajador que inicia este proceso:

He estado esperando hasta tener la resolución final de la Seguridad social para contar con todo detalle como ha sido el paso por todo este trámite. Veo que como yo, todos tenemos muchas dudas de plazos, acciones y demás requerimientos que surgen en estos procesos. Creo que en función de las comunidades autónomas en las que residan, el proceso cambia en plazos. Mi historia pertenece al ámbito de la comunidad autónoma vasca, pero aunque dicha comunidad tiene un concierto económico propio, las competencias en cuanto a Pensiones y por lo tanto valoración de incapacidades siguen correspondiendo al Estado y por ende al INSS. Estoy poniendo el ejemplo de un lugar en el que el plazo máximo para abrir de oficio el proceso de incapacidad por parte de la administración es 12 meses. En otras comunidades autónomas son 18.

Para comenzar mi periplo por estos impacientes caminos, diré que sufrí baja por IT en mayo de 2010. Gracias a que el convenio colectivo al que pertenezco tiene reconocido el 100% del salario en caso de baja, no he tenido problemas salariales en este periodo. Tuve que ir cada mes y medio a la mutua de trabajo y cada 2 meses al médico de cabecera.

Un mes antes de cumplir los 12 meses o plazo máximo de baja médica, la mutua debe remitir un informe al INSS en el que propone alta, prorroga o PIP (Proceso de Incapacidad Permanente). Antes de cumplir el año (durante el último mes) la inspección médica (no confundir con el INSS-EVI) te hace un reconocimiento médico con un inspector que también propone alta, prorroga o PIP. Esta inspección médica pertenece al ámbito del servicio público de Salud del Gobierno Autonómico. Ambos informes (mutua e Inspección Médica) van directamente al INSS.
Tras pasar por la Inspección Médica (recordar que no es el INSS-EVI), se produce lo que se conoce como alta virtual. Ya no tienes que recoger más partes de baja, no tienes que ir a trabajar y la empresa o la mutua (según el caso), te seguirá pagando hasta que se produzca una resolución final.

 En mi caso tras estos dos informes señalados (mutua 11 meses – Inspección médica 11 meses y 3 semanas), al día siguiente de cumplir un año de baja pase por el tribunal médico-EVI. La citación se produjo por vía telefónica y no por carta. En este punto quería dejar una cosa clara:
El INSS-EVI prevé dos procesos: El PIT(Proceso de incapacidad temporal) y el PIP(Proceso de Incapacidad Permanente). El PIT es una revisión médica que puede tener diferentes soluciones; Alta, Prorroga de 6 meses o entrar en el PIP (Proceso de Incapacidad Permanente). El PIP es el tribunal médico EVI propiamente dicho y dictaminará entre cuatro Incapacidades: -Parcial: Una Indemnización de 24 mensualidades de tu base reguladora. Puedes seguir trabajando en tu trabajo con aminoramiento de rendimiento no inferior al 33%.
-Total: No puedes seguir trabajando en tu trabajo habitual y pasas a cobrar una pensión del 55% de tu base reguladora. He visto además que si te conceden la total y trabajas en otra profesión, en el caso de cobrar un 20% mas que tu pensión puede dar lugar a extinción de la prestación. Además debes avisar al INSS de que vas a trabajar.
-Absoluta: No puedes seguir trabajando en nada y percibes una pensión del 100% de tu base reguladora
-Gran Invalidez: No puedes seguir trabajando en nada y percibes una pensión del 150% de tu base reguladora.
-Por supuesto que también puede ser rechazada la solicitud pero si habéis pasado por todos los filtros anteriores es improbable.

¿Cuando se activa el PIT o el PIP?. Si la inspección médica del gobierno autonómico (No el EVI) os propone para un PIP ya no os tenéis que preocupar a la hora de pasar por el tribunal en cuanto a que os den una prorroga de 6 meses o el alta. Esto se dilucida en el PIT. Por el PIT se pasa en el caso de no proposición de incapacidad permanente por la Inspección médica (No el EVI) e incluso por no haber pasado por dicha inspección. En mi caso yo tuve que llamar a la inspección del gobierno autonómico para que me dieran cita ya que se habían olvidado de mi gracias a un problema derivado de un cambio de municipio. Si no hubiera pasado por la Inspección, me hubiera tocado pasar por el PIT. Por ello es importante saber que propone la inspección médica ya que de ese modo nos ahorraremos preocupaciones.

Tras pasar por el tribunal-EVI(PIP) o unos días antes (yo el mismo día), recibimos una carta en donde se especifica que se nos ha abierto expediente de incapacidad permanente. En este sobre encontramos unos formularios que rellenar y presentar en una delegación del INSS. Las direcciones de donde presentarlo se adjuntan también en la misma carta. Desde este momento podemos ver como transcurre nuestro expediente via WEB del INSS. Para poder visualizarlo necesitas un certificado digital expedido por el INSS. ¿Cómo conseguirlo?. Es muy fácil yo tarde 5 minutos Vas a la siguiente página:

https://www.cert.fnmt.es/index.php?cha=cit&sec=4&fpage=35&lang=es

Metes el DNI y enviar petición. Os devolverá la pantalla de forma instantánea un número con el que tienes que ir a una sede del INSS hablar con el funcionario de turno que hace una serie de operaciones y os da un papel contractual que firmar. En 24 Horas el certificado ya esta habilitado. Pasadas esas 24 hora debes descargar el certificado de:

https://www.cert.fnmt.es/index.php?cha=cit&sec=4&fpage=28&lang=es

Tener en cuenta que el certificado sólo vale para un ordenador y un navegador web. El navegador lo tendréis que seleccionar.

Hecho esto vais a la pagina del INSS - ¿Cómo va mi prestación?:

https://sede.seg-social.gob.es/Sede[....]dadanos/index.htm?ssUserText=231532

Ya te sale tu expediente con los 8 puntos de rigor:

1° Estudio de solicitud, datos y documentos aportados. Comprobación de requisitos previos:
2° Emisión del dictamen médico por el Instituto Catalán de la Salud:
3° Emisión de propuesta de incapacidad laboral por la Comisión de Evaluación de Incapacidades:
4° Estudio de vida laboral y de todas las cotizaciones efectuadas:
5° Determinación del importe de la pensión:
6° Estudio final y propuesta de resolución:
7° Revisión y confirmación del expediente:
8° Firma de la resolución:

Si falta alguno de estos 8 puntos mala señal. En algunos casos puede faltar el punto 5. Esto significa que no tenéis el suficiente tiempo cotizado. Según he podido leer, el derecho de ser titular de una incapacidad permanente sólo puede existir si se tiene el tiempo cotizado suficiente. En el caso de no tener ese tiempo siempre las solicitudes se rechazarán.
A la derecha de los puntos pondrá CONCLUIDO o PENDIENTE. Cuando ya estén todos menos el 8 concluido podéis ver vuestra pensión en Percepción de pensiones Públicas:

https://sede.seg-social.gob.es/Sede[....]dadanos/index.htm?ssUserText=231533

Una vez realizado el punto 8 desaparece esta pantalla y aparece la pantalla de resolución de expediente de incapacidad permanente. En ésta, aparece la fecha de inicio y resolución, grado de incapacidad, pensión a percibir, y poco más. En mi caso al de 3 dias de resolverse el expediente recibí un mensaje en el móvil en el que se me informaba de que se ha resuelto favorablemente el expediente (sin especificar el grado) y que próximamente recibiría el dictamen por correo postal. 9 días después recibí la resolución por correo certificado. Se compone de 6 hojas:
1.- Resolución en donde se especifica el grado, cuantía, efectos económicos y fecha a partir de la cual se puede realizar una revisión.
2.- Calculo de la Base reguladora. He leído en la web del INSS que los afectados de Alava, Guipúzcoa y Vizcaya, están exentos de retención por IRPF, los demás según la cuantía de la pensión.
En este foro ha habido mucha polémica por cómo se calcula la base reguladora. Voy a explicar cómo ha sido calculada por el INSS en mayo de 2011:

a) El INSS toma un período para realizar el cálculo. Por lo que puedo discernir como las empresas hacen los pagos de los seguros sociales de forma trimestral a mi me han tomado desde el 01-01-2006 al 31-03-2011. En mi caso 5 años y 3 meses. Digo esto porque mi resolución se realiza en Mayo y no han tenido en cuenta el mes de Abril.
b) Este período te lo parte en dos, tomando primeramente los dos años anteriores a la resolución del expediente. Por lo que puedo ver y entender el final de este período  de dos años acaba en el trimestre anual concluido. En mi caso la resolución del expediente se realiza a finales de mayo y ellos me cogen como final de período de computo el 31-03-2011. En este lapso de dos años, toman las bases de cotización completas sin ninguna modificación. Saber que la base de cotización no es el sueldo liquido sino el numerito que viene en la nómina que pone base de cotización.
c) El otro período partido es el tiempo restante que os he comentado antes 3 años y 3 meses. En este caso se toman las bases de cotización de los 39 meses y se actualizan aumentando su valor, actualizando más los meses más antiguos y menos los más cercanos, llegando a no actualizar en mi caso, pues su valor de actualización es 1, los 13 meses más cercanos en el tiempo.
d) Ambos períodos se suman por separado llamándolos A y B respectivamente.
e) Simplemente luego se hace esta operación:
                     (A+B)/73,5 y posteriormente se multiplica por 96.
Explicare de donde sale el 73,5. En el cálculo entran, como he explicado, 63 meses (5 años y 3 meses). Las instituciones siempre tienen sorpresitas para reducirnos el jornal y por una treta, se inventan una nueva forma de computar y lo denominan Numero de meses reglamentarios. ¿Como lo hacen?, pues cogen nuestros 63 meses y los aumentan un 14,3 %, porque? Vaya usted a saber. No contentos tras esto multiplican el resultado por 96 en vez de por 100. Otro 4% menos que nos arramplan. Decir que he visto casos en los que se multiplica por 100 pero en mi caso será por la edad supongo.
El resultado de todo esto es la tan manida Base reguladora

f) Si tu grado es como el mío (Una total para la profesión habitual) cogemos el 55% de esta base y esa es tu pensión con 12 pagas al año y 2 extras en Junio y Diciembre.

3.- la tercera hoja de la resolución es la que tenemos que entregar en el servicio público de salud para que nos hagan una nueva tarjeta sanitaria en la que figuraremos como pensionistas con recetas rojas de las gratis y demás.

4.- Dictamen propuesta de la reunión mantenida por todo el equipo de valoración de incapacidades y que acepta o no el director provincial del INSS elevándolo a definitivo.

5 y 6.-Informe de valoración médica. Es el informe realizado por el médico del INSS, lo que se llama pasar por el tribunal EVI pero que sólo es un médico.

Y esta es la resolución.

Como consejo os diré unos cuantos:
1.- Llevar siempre los informes originales acompañados de las copias debidamente encuadernadas ambas y ordenadas cronológicamente mediante separadores por años. Yo he utilizado carpetas con bolsas en su interior. Para ellos es siempre mucho más sencillo. Y cuanto más sencillo es para ellos más claro lo verán.
2.- Si estáis trabajando pedir a la empresa un informe de las actividades que realizáis en la empresa. Este informe debe ir sellado y firmado por la empresa y con su CIF y DNI del Gerente.
3.- Si estáis adscritos a Colegios profesionales que os expidan otro informe competencial. Adjuntar también la copia del título universitario, en el caso del colegio, para hacer patente que esas son las competencias que os pertenecen legalmente
4.- Realizar, si podéis, informes privados de vuestras secuelas, sobre todo si son muy evidentes (Oftalmología, etc.), pero tener en cuenta que lo que más vale es el informe derivado de  un especialista de la seguridad social. El neurólogo debe implicarse siempre de forma veraz y ecuánime con la verdad por delante.
Una última cosa. En Abril presente el formulario para el reconocimiento de porcentaje de discapacidad por el departamento de acción social de la comunidad autónoma, y cuando tuve el dictamen de la incapacidad total volví para presentar los papeles de dicho dictamen. Pregunté al funcionario sobre lo que en este foro he leído muchas veces sobre que te dan el 33% simplemente con una Total. Me dijo que eso era antes del año 2000 que daban el 33% a una total y el 69% a una absoluta. Ahora no es así por lo menos en Euskadi. Ahora te reconocen según sus tablas que las han bajado. Me cogió los papeles y los adjunto al expediente, cuando me citen ya os explicaré el proceso.

Si tenéis alguna duda no dudéis en preguntarme cualquier apartado que os haya quedado un tanto turbio.
Nota: Algún aspecto puede variar de una comunidad a otra.
Si te ha gustado puedes compartir.
Fernando González Silva
Fuerteventura, 16 de Febrero 2013

jueves, 14 de febrero de 2013

Movilizaciones 16 de Febrero


Stop Desahucios, por el derecho a la vivienda

Rincón del Ciudadano y Derechos Civiles apoya y hace suyas todas las reivindicaciones de la PAH, y hace un llamamiento a la ciudadanía a manifestarse en todas las ciudades del estado para apoyar la convocatoria, tomando las calles nuevamente para conseguir terminar con la lacra de los desahucios, y garantizar el derecho constitucional a una vivienda digna.


Stop desahucios, dación en pago retroactiva y alquiler social de viviendas YA!
Adjuntamos el comunicado de la pah para las movilizaciones del 16 de Febrero en toda España:

Por el derecho a la vivienda. Contra el genocidio financiero, señalamos a los responsables y exigimos stop desahucios, dación en pago retroactiva y alquiler social YA!

Con la entrega de las últimas firmas a finales de enero, la ILP por la dación en pago retroactiva, el alquiler social y una moratoria de desahucios llega a su última fase. Tras meses de movilización en las calles, las demandas de la ILP cuentan con el apoyo del 90% de l...
a población. No podemos esperar más: hay vidas en juego.

El final de la ILP es un punto de inflexión. Las Plataformas de Afectados por la Hipoteca han agotado todas las vías democráticas para cambiar una ley injusta que perjudica a miles de familias. La dación en pago y el grito de "stop desahucios" son un clamor popular. Ha sido la PAH, la ciudadanía movilizada, la que ha puesto encima de la mesa un problema gestado por las entidades financieras con el beneplácito de gobiernos de diferentes signos y colores. Ha sido la ciudadanía la que ha parado desahucio tras desahucio mientras el gobierno del PSOE primero y actualmente el del PP rescataban a una banca culpable de un genocidio financiero. Mientras, hacían oídos sordos y minimizaban un problema que afecta ya a más de 400.000 hogares. La solución al "problema de los desahucios" está en la ILP. Casi un millón de firmas se entregarán al Congreso mostrando el apoyo de cientos de miles de personas a la ILP por la dación en pago retroactiva, el alquiler social y una moratoria de los desahucios. Una ILP que se propone desde aquellos que cada día nos enfrentamos al problema, desde los que cada día luchamos contra los abusos de la banca. No es una crisis: es una estafa. Es una estafa a la que miles de personas han plantado cara en estos últimos años al grito de "Sí Se Puede!". Sí se puede, y el día 16 de febrero salimos a la calle a gritarlo juntos, a exigir la aprobación de la ILP, porque con la ILP habremos agotado las escasas vías que existen en el Estado para proponer un cambio de ley. Una ley injusta que hemos desobedecido en la calle y que tiene que cambiarse en el Congreso. Pero el 16 no sólo saldremos a gritar. El 16 demostraremos que no estamos dispuestas a quedarnos de brazos cruzados mientras no aprueben la ILP, punto por punto. Hemos recogido cientos de miles de firmas, la voluntad ciudadana está clara. Si el congreso no responde, le haremos directamente responsable del sufrimiento de miles de personas y alzaremos el tono de nuestras acciones.



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Fernando González Silva
Fuerteventura, 14 de Febrero de 2013