miércoles, 2 de diciembre de 2015

Incapacidad Temporal, nuevo sistema de partes médicos.



incapacidad temporal, partes de baja

Recordamos a todos los lectoras y lectoras de este blog, que el 1 de Diciembre de 2015, ha entrado en vigor el Real Decreto que regula determinados aspectos de la incapacidad temporal. Recordamos en la Comunidad Autónoma de Canarias no se aplicará hasta el 1 de Mayo de 2016.

El Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración entra en vigor este martes, 1 de diciembre.
El nuevo sistema de partes médicos para los procesos de incapacidad temporal (bajas laborales), con la principal novedad de que los partes médicos irán asociados a la duración estimada de cada proceso.
Así, los médicos facultativos deberán detallar en el parte médico de baja la duración estimada del proceso, dividiéndola entre muy corta (inferior a cinco días naturales), corta (de cinco a 30 días naturales), media (de 31 a 61 días) y larga (más de 61 días).
Esta previsión de baja podrá ser actualizada en cualquier momento, en función de cómo evolucione la salud del trabajador. Para facilitar la tarea, el médico podrá usar como referencia las tablas de duración óptimas de las distintas patologías.
Como norma general, las bajas se expedirán inmediatamente después del reconocimiento del trabajador, o bien por el facultativo médico del servicio público de salud, o bien por el de la mutua, en caso de que la baja derive de un accidente de trabajo o enfermedad profesional cubierta por ésta.
Como novedad, cuando el profesional considere que se trata de un proceso de duración estimada muy corta, podrá emitir el parte de baja y alta en el mismo acto, lo que evita segundas visitas por parte del trabajador o sus familiares al centro de salud.

Cada dos semanas en bajas de larga duración
En el resto de los casos, en el parte figurará la fecha de la siguiente revisión médica, que deberá efectuarse la primera vez el séptimo día del parte de baja para los casos de duración corta y media, y al decimocuarto día en bajas de duración que se hayan estimado largas.
Cuando la duración de la enfermedad supere los 365 días, el control del proceso de incapacidad pasará al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
El alta, en el caso de una baja por enfermedad común, se expedirá siempre por el médico, bien por el servicio público de salud, bien por el Inspector Médico del INSS.
A este respecto, las mutuas podrán formular una solicitud de alta a la Inspección Médica del Servicio Público de Salud y posteriormente al INSS si la Inspección no contesta en un plazo de cinco días o si el Servicio Público de Salud deniega el alta. El INSS deberá contestar en un plazo de cuatro días.
Si el proceso de incapacidad deriva de accidente laboral o enfermedad profesional, el médico de la mutua podrá expedir el alta una vez realizados los reconocimientos médicos oportunos, tal y como sucede actualmente.

Trámites de trabajadores y empresarios
El trabajador deberá presentar a la empresa la copia de los partes de baja y los sucesivos partes de confirmación en el plazo de tres días desde la fecha de su expedición. Asimismo, cuando le entreguen el parte de alta médica deberá aportar a su centro de trabajo la copia correspondiente en las siguientes 24 horas.
Mientras, la empresa deberá reflejar en el parte de baja datos sobre la cotización del trabajador a efectos de determinar la base reguladora de la prestación económica por incapacidad temporal; la clave del código nacional de ocupación, de la provincia del centro de salud que ha emitido el parte; y los datos genéricos identificativos del proceso de la empresa, definidos a través del sistema de Remisión Electrónica de Datos (RED).
Toda esta información la transmitirá al INSS junto al parte de baja, de confirmación o de alta presentado por el empleado, pudiendo hacerlo por medios telemáticos.

¿Y si estoy actualmente de baja?
Los nuevos modelos de partes médicos se utilizarán en los procesos de incapacidad temporal que estén en curso a fecha de hoy y no hayan superado los 365 días. Ahora bien, dichos modelos así como los informes que los complementan se expedirán con la periodicidad y respecto de los datos obligatorios exigidos por la normativa anterior.
Este nuevo sistema de partes médicos así como los nuevos modelos de partes de baja/alta y confirmación de la baja serán de aplicación a los períodos de recaída en procesos de incapacidad temporal iniciados antes de hoy cuando la nueva baja médica se expida con posterioridad.
Esperamos que la información  te resulte útil e interesante. Aquí os dejo el enlace de su publicación en el Boletín Oficial del Estado:
http://www.boe.es/boe/dias/2015/06/20/pdfs/BOE-A-2015-6839.pdf

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Fuerteventura, 02 de Diciembre de 2015

lunes, 23 de noviembre de 2015

Prestaciones por Desempleo, Subsidios y Pago Único

desempleo,subsidio y pago único 

En esta ocasión en Rincón del Ciudadano y Derechos Civiles nos ocupamos de las prestaciones por desempleo, incluyendo la contributiva y el pago único, todo ello actualizado a Noviembre de 2016.
Esperamos que sirva de ayuda y orientación.
En los siguientes enlaces tienes acceso a toda la información. En primer lugar, las prestaciones por desempleo y en el segundo enlace la prestación contributiva y el pago único:



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Fuerteventura, 23 de Noviembre de 2015

sábado, 7 de noviembre de 2015

50 Bibliotecas Virtuales de Universidades



bibliotecas virtuales
Para los que todavía estamos inmersos en los estudios después de los 50, nada mejor que esta recopilación de las bibliotecas virtuales de nuestras universidades. Por supuesto los jóvenes estudiantes también están invitados a adentrarse en el maravilloso mundo del aprendizaje. Desde Rincón del Ciudadano y Derechos Civiles no podíamos dejar pasar esta oportunidad de mostrar todo el material disponible.
España es uno de los países que apuesta de lleno por la educación online, como prueba de ello tenemos la gran variedad de cursos, másters virtuales y diplomados online que nos ofrecen sus universidades.

Se trata de una excelente oportunidad para descubrir mucho material descargable como libros electrónicos, audiolibros, artículos, noticias, tesis, y videos.
 ¡Todo completamente gratis! Para acceder al contenido de cada biblioteca virtual sólo debes seguir el enlace incluido en la lista.
50 bibliotecas virtuales de universidades españolas te están esperando ¿Te lo vas a perder?
 
#1. Universidad de Barcelona
#2. Universidad Complutense de Madrid
#3. Universidad Autónoma de Madrid
#4. Universidad Autónoma de Barcelona
#5. Universidad Politécnica de Valencia
#6. Universidad Politécnica de Madrid
#7. Universidad Pompeu Fabra
#8. Universidad Politécnica de Cataluña
#9. Universidad Carlos III de Madrid
#10. Universidad de Salamanca
#11. Universidad de Granada
#12. Universidad de Valencia
#13. Universidad de Alcalá
#14. Universidad de Navarra
#15. Universidad de Sevilla
#16. Universidad de Gerona
#17. Universidad Nacional de Educación a Distancia
#18. Universidad Rey Juan Carlos
#19. Universidad Europea de Madrid
#20. Universidad de Valladolid
#21. Universidad CEU San Pablo
#22. Universidad Pontificia Comillas
#23. Universidad de Murcia
#24. Universidad del País Vasco
#25. Universidad de Alicante
#26. Universidad de Santiago de Compostela
#27. Universidad Antonio de Nebrija
#28. Universidad de Zaragoza
#29. Universidad CEU Cardenal Herrera
#30. Universidad Europea Miguel de Cervantes
#31. Universidad Ramon Llull
#32. Universidad Camilo José Cela
#33. Universidad de Oviedo
#34. Universidad de La Laguna
#35. Universidad Abad Oliva CEU
#36. Universidad de León
#37. Universidad Católica de Valencia San Vicente Mártir
#38. Universidad de Jaén
#39. Universidad de Deusto
#40. Universidad de las Islas Baleares
#41. Universidad Pontificia de Salamanca
#42. Universidad de Málaga
#43.  Universidad Francisco de Vitoria
#44. Universidad de Almería
#45. Universidad Abierta de Cataluña
#46. Universidad de Vigo
#47. Universidad Jaime I
#48. Universidad de La Coruña
#49. Universidad de Las Palmas de Gran Canaria
#50. Universidad Católica San Antonio
Espero que la información  haya sido de tu interés. Si te gustó puedes compartir.
Fuerteventura, 07 de Noviembre de 2015