lunes, 4 de agosto de 2014

Días de baja que corresponden en función de la enfermedad

días de baja en función de la enfermedad

Desde Rincón del Ciudadano os acercamos las últimas novedades sobre las incapacidades temporales y los nuevos procedimientos. Este es un extracto de un articulo de ABC con enlaces a las páginas de la Seguridad Social.

Los procedimientos para otorgar una baja laboral en España han cambiado desde hace unas dos semanas con la entrada en vigor del nuevo real decreto de incapacidad temporal aprobado por el Ministerio de Empleo. Los partes de confirmación ya no se entregan semanalmente, sino que el alta y la baja se dan a la vez en los procesos de menos de cinco días y en plazos más amplios en función de la duración estimada de la baja médica.
Otra de las novedades que introduce la ley reside en que los médicos de familia han de consultar ahora a un inspector de la UVMI (Unidad de Valoración Médica de Incapacidades) cuando firmen un parte de baja cuyos tiempos superen a los establecidos. En su mensaje de consulta, el facultativo debe esgrimir sus razones para otorgar una baja superior a la recomendada y solicitar así el permiso del inspector.
Los plazos vienen fijados por unas tablas con tiempos medios en base a enfermedades «incrustadas» en los sistemas informáticos de los centros de salud. Estos periodos vienen determinados por un documento del INSS publicado en 2013 al que se añade además un coeficiente que tiene en cuenta la profesión y la edad del trabajador.
En base a este informe, estos son los días que te corresponden de baja laboral en función de algunas de las enfermedades registradas. Este tiempo estándar no es el definitivo, el resultado final es el que se obtiene con la multiplicación por el coeficiente de corrección por ocupación y edad
Fuerteventura, 05 de Agosto de 2014

martes, 22 de julio de 2014

La Nueva Ley de Mutuas y la Incapacidad Temporal


El gobierno ha aprobado en Consejo de Ministros el Proyecto de Ley de Mutuas de Seguridad Social, una iniciativa que ha logrado que todos los agentes sociales y partes afectadas por esta ley tengan algo en común: estar frontalmente en contra.
El Ejecutivo ha dado un nuevo paso en su ‘Cruzada’ por convertir a cualquier beneficiario de un derecho en `sospechoso’ de protagonizar un fraude. No le ha bastado con sus reiteradas medidas para criminalizar a los parados, presuntos vagos que no quieren trabajar. Ahora son todos los trabajadores enfermos los sospechosos de utilizar los sistemas de protección social de manera espúrea. Ni siquiera les valdrá ‘la coartada’ de contar con un diagnóstico médico que refrende su incapacidad laboral.
Desde Rincón del Ciudadano denunciamos que este texto supone un avance más en la privatización de la gestión de la incapacidad temporal. Proceso iniciado en los noventa con la aprobación de la gestión de la IT común por parte de estas asociaciones empresariales y que paulatinamente, todos los gobiernos hasta el actual, han ido dando más competencias a las Mutuas en detrimento del Sistema Nacional de Salud. Como muestra, el cambio de nombre en el anteproyecto; pasan de ser Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales a denominarse Mutuas de la Seguridad Social.
Lo que desde Rincón del Ciudadano consideramos alarmante son las modificaciones relativas a la gestión de la Incapacidad Temporal por contingencias comunes, especialmente en lo relativo al control por parte de la mutua desde el primer día de la baja, en la actualidad es a partir del decimosexto, y las novedades en materia de propuesta de alta por parte la mutua, en la que el plazo para contestar por parte de Inspección es de solo cinco días y en caso de que pasado ese plazo no hay respuesta el paciente perdería su prestación por silencio administrativo. Novedades idénticas a las recogidas en borrador del “Real Decreto por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros 365 de su duración”, también aprobado en este Consejo de Ministros.
Dado que el 80% de las empresas tienen la gestión económica de las contingencias comunes encomendadas a las mutuas, y que son asociaciones de empresarios, nuestra salud va depender aun más de aquéllas que son juez pero también parte interesada, al representar intereses empresariales. Este hecho nos preocupa especialmente dadas los cada vez más habituales los conflictos trabajador-Mutua por altas indebida o por no reconocimiento de las contingencias profesionales.
El gobierno con este proyecto hace prevalecer el factor económico de la incapacidad temporal sobre el factor sanitario y de recuperación de la persona convaleciente. La Ministra de Empleo, en la presentación del proyecto, ha continuado en la línea de lucha contra el absentismo, utilizando los datos aportados por el II Informe Adecco, estudio que considera absentismo cualquier ausencia que no sea vacaciones, festivos y jornadas de ERTE. Como denuncian desde la FADSP (Federación de Asociaciones en Defensa de la Sanidad Pública), el fraude en la IT viene sirviendo de excusa imponer reformas que han supuesto un importante recorte económico y social de la prestación, sin que se hayan aportado nunca estudios o datos rigurosos sobre el volumen del supuesto fraude.
También se ha hecho hincapié en la rueda de prensa, en el carácter asociaciones de empresarios sin ánimo de lucro de las Mutuas, denominación que no se sostiene teniendo en cuenta los salarios de sus directivos y los últimos procesos judiciales e investigaciones de alguna de estas entidades como es el caso de Femap, Seguridad Social le reclama 43millones de euros que gastó indebidamente, o Mutua Universal, once de sus directivos están procesados por un fraude de 200 millones de dinero público.
Fuerteventura, 23 de Julio de 2014

viernes, 27 de junio de 2014

Contratos de Arrendamiento



En esta ocasión, en Rincón del Ciudadano y Derechos Civiles traemos a nuestras páginas algunas indicaciones sobre la Ley de Arrendamientos Urbanos modificada en Abril de 2013 que incluye tanto los contratos celebrados a partir de Junio de 2013 como los anteriores a 5 de Junio. Esperamos que esta información os sea de utilidad.
 Muchas Gracias por Vuestra Visita.

Contratos de arrendamiento celebrados a partir del 6 de junio de 2013

La Ley de Arrendamientos Urbanos, modificada por la Ley 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas, establece algunas condiciones generales en lo relativo a la duración del contrato, como son las siguientes:
  • La duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes. Si ésta fuera inferior a tres años, llegado el día del vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de tres años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador, con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo.

    El plazo comenzará a contarse desde la fecha del contrato o desde la puesta del inmueble a disposición del arrendatario si ésta fuere posterior. Corresponderá al arrendatario la prueba de la fecha de la puesta a disposición.
  • Se entenderán celebrados por un año los arrendamientos para los que no se haya estipulado plazo de duración o éste sea indeterminado, sin perjuicio del derecho de prórroga anual para el arrendatario, en los términos resultantes del apartado anterior.

    No procederá la prórroga obligatoria del contrato si, una vez transcurrido el primer año de duración del mismo, el arrendador comunica al arrendatario que tiene necesidad de la vivienda arrendada para destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial. La referida comunicación deberá realizarse al arrendatario al menos con dos meses de antelación a la fecha en la que la vivienda se vaya a necesitar y el arrendatario estará obligado a entregar la finca arrendada en dicho plazo si las partes no llegan a un acuerdo distinto.
  • Si llegada la fecha de vencimiento del contrato, o de cualquiera de sus prórrogas, una vez transcurridos como mínimo tres años de duración de aquel, ninguna de las partes hubiese notificado a la otra, al menos con treinta días de antelación a aquella fecha, su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará necesariamente durante un año más.


Contratos de arrendamiento celebrados hasta el 5 de junio de 2013

Para aquellos contratos de arrendamiento celebrados al amparo de la Ley 29/1994,  hasta el 5 de junio de 2013, la Ley de Arrendamientos Urbanos establece algunas condiciones generales en lo relativo a la duración del contrato, como son las siguientes:
  • Si en el contrato no se estipula un plazo de duración específico, éste será como mínimo de un año, prorrogable hasta alcanzar los cinco años, a no ser que el inquilino manifieste su voluntad de no renovación (siempre que éste avise al propietario con un mínimo de treinta días de antelación a la fecha de vencimiento del contrato).
  • Una vez transcurrido el plazo de cinco años, y si ninguna de las partes manifiesta su intención de no renovar, el arrendamiento se prorroga de forma obligatoria para el arrendador y, si el inquilino lo desea, hasta un plazo máximo de 3 años más.

    El plazo comenzará a contarse desde la fecha del contrato o desde la puesta del inmueble a disposición del arrendatario si ésta fuere posterior. Corresponderá al arrendatario la prueba de la fecha de la puesta a disposición.

Excepción a la prórroga forzosa para contratos de arrendamiento firmados a partir del 24 de diciembre de 2009

No procederá la prórroga obligatoria del contrato cuando, al tiempo de su celebración, se haga constar en el contrato, de forma expresa, la necesidad para el arrendador de ocupar la vivienda arrendada antes del transcurso de cinco años para destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de divorcio o nulidad matrimonial.

Excepción a la prórroga forzosa para contratos de arrendamiento firmados hasta el 23 de diciembre de 2009

No procederá la prórroga obligatoria del contrato cuando, al tiempo de su celebración, se haga constar en el mismo, de forma expresa, la necesidad para el arrendador de ocupar la vivienda arrendada antes del transcurso de cinco años para destinarla a vivienda permanente para sí.
Fuerteventura, 28 de Junio de 2014

sábado, 17 de mayo de 2014

Siglo XXI, ¡Pobres Españoles! Lo que nos costará recuperar lo perdido


En Rincón del Ciudadano y Derechos Civiles aprovechamos la cercanía de las Elecciones Europeas y de la situación política actual para traer a nuestras páginas un fragmento de la obra de Pérez Galdós. Parece que, a pesar de tener más de un siglo, esta de rabiosa actualidad. Desde estas páginas esperamos y deseamos que no tenga que transcurrir otro siglo para que la situación cambie y animamos a todo el mundo a acercarse a las urnas y defender nuestro derecho al voto.
Fragmento del libro de Benito Pérez-Galdós "La fe nacional y otros escritos sobre España" publicado en 1912.

"Los dos partidos que se han concordado para turnarse pacíficamente en el Poder son dos manadas de hombres que no aspiran más que a pastar en el presupuesto. Carecen de ideales, ningún fin elevado los mueve; no mejorarán en lo más mínimo las condiciones de vida de esta infeliz raza, pobrísima y analfabeta. Pasarán unos tras otros dejando todo como hoy se halla, y llevarán a España a un estado de consunción que, de fijo, ha de acabar en muerte. No acometerán ni el problema religioso, ni el económico, ni el educativo; no harán más que burocracia pura, caciquismo, estéril trabajo de recomendaciones, favores a los amigotes, legislar sin ninguna eficacia práctica, y adelante con los farolitos... Si nada se puede esperar de las turbas monárquicas, tampoco debemos tener fe en la grey revolucionaria (...) No creo ni en los revolucionarios de nuevo cuño ni en los antediluvianos (...) La España que aspira a un cambio radical y violento de la política se está quedando, a mi entender, tan anémica como la otra. Han de pasar años, tal vez lustros, antes de que este Régimen, atacado de tuberculosis ética, sea sustituido por otro que traiga nueva sangre y nuevos focos de lumbre mental"

Tendremos que esperar como mínimo 100 años mas para que en este tiempo "si hay mucha suerte" nazcan personas mas sabias y menos chorizos de los que tenemos actualmente... ¡pobres españoles! lo que nos costara recuperar lo perdido.

BENITO PÉREZ GALDOS

Fotografía: Benito Pérez Galdós en su finca "Los Lirios" (Monte Lentiscal, Gran Canaria), en 1890. Fotografía de autor desconocido.

Fernando González Silva
Fuerteventura, 17 de Mayo de 2014

martes, 6 de mayo de 2014

El Origen del Primero de Mayo y Los Mártires de Chicago



Primero de Mayo
Muy buenas a todos y todas! En esta ocasión en Rincón del Ciudadano y Derechos Civiles hacemos un repaso histórico a los orígenes del Primero de Mayo. Normalmente sabemos que el 1º de Mayo se celebra el Día del Trabajador y que multitud de manifestaciones recorren nuestras calles, pero la inmensa mayoría desconoce los hechos sucedidos en Chicago a finales del Siglo XIX. En esa época la clase obrera de Europa y Estados Unidos estaba en plena lucha por la reducción del horario de trabajo a 8 horas. Se vivía en esos años el proceso de consolidación del movimiento obrero a partir de los sindicatos y, también el desarrollo del movimiento socialista. Pese a la ruptura entre socialistas marxistas y anarquistas, ambas corrientes tuvieron un fuerte crecimiento en ese período.

En Estados Unidos, a partir de 1873, se habían desarrollado varias asociaciones de trabajadores: la AFL (Federación Americana del Trabajo), de tendencia reformista, y los KL (Caballeros del Trabajo), más izquierdista. Paralelamente, surgió un Partido Obrero Socialista.

La reivindicación de las 8 horas tenía amplio apoyo en Chicago. Allí la jornada laboral se extendía desde las 4 de la mañana hasta las 8 de la noche. Aquellos que trabajaban 14 ó 15 horas se consideraban afortunados. El 1º de mayo comenzó una huelga en la ciudad que arrancó con 40.000 trabajadores y llegó hasta 65.000. La adhesión de los trabajadores a la medida no era fácil. Chicago era patrullada constantemente por la policía que, junto con elementos patronales, organizaba provocaciones contra cualquier grupo de trabajadores que, simplemente, pasease por la calle. Al trabajador en huelga le quedaban dos alternativas: o se quedaba refugiado en su casa o andaba en grupo con sus compañeros de trabajo. El espacio de la ciudad era disputado de hecho entre la clase obrera y la burguesía. Donde la clase obrera pudo pesar decisivamente la ciudad en huelga parecía una auténtica fiesta popular.

La masacre de Haymarket

El lunes 3 de mayo un hecho empezaría a torcer el curso de los acontecimientos. En una reunión de 6000 estibadores en huelga, mientras hablaba August Spies, un grupo de 200 trabajadores se separaron del acto con el objetivo de presionar a los rompehuelgas, que en ese momento salían hacia sus casas. Quince minutos después aparecieron más de 200 policías que iniciaron un combate en las calles que terminó con 4 obreros muertos y muchísimos heridos.

Spies y sus compañeros llamaron a una manifestación para el día siguiente en la plaza Haymarket, en el sur de Chicago. A la concentración fueron más de 3000 trabajadores y concurrió el alcalde de la ciudad, con la intención de garantizar la calma. El alcalde se retiró cuando hablaba el último orador, Fielden, e inmediatamente después la policía, comandada por el inspector John Blonfield (odiado por los obreros de la ciudad por su brutalidad represiva) irrumpió en la reunión con 180 policías. Fielden intentó detenerlos alegando que era una reunión pacífica. Estaba parlamentando con los jefes cuando alguien arrojó una bomba contra los policías, hiriendo a 66 (7 de los cuales murieron). La policía disparó contra la multitud matando a varias personas e hiriendo a 200. La zona se volvió un infierno, las farmacias se llenaban de gente herida. A este episodio se lo llamó la "masacre de Haymarket".

Nunca se aclaró quién arrojó la bomba. La hipótesis más fuerte es atribuirla a una provocación policial. La patronal y la prensa a su servicio salieron a hacer una campaña contra los "anarquistas extranjeros que quieren destruir América". El grupo dirigente del Sindicato Obrero Central estuvo inmediatamente sentado en el banquillo de los acusados. August Spies, Michael Schwab, Adolph Fischer, George Engel, Louis Lingg, Albert Parsons, Samuel Fielden y Oscar Neebe fueron sometidos a juicio.

La elección de los acusados fue política. Dos de ellos ni siquiera estuvieron en la manifestación de Haymarket, otros se habían retirado antes de la refriega. Lo que estaba en juicio eran las ideas políticas de estos militantes, cosa que fue dicha explícitamente por la acusación en varios tramos del juicio, plagado de vicios legales, falta de garantías, testigos falsos y demás catálogo de violencias y trampas a que fueron sometidos los compañeros. La índole fraudulenta del juicio fue tan evidente que, aun en medio de una ensordecedora campaña nacionalista contra los "terroristas extranjeros", el jurado no se atrevió a condenar a muerte a todos los acusados, como era la intención primera de los organizadores políticos del juicio.

El 11 de noviembre de 1887 Spies, Engel, Fischer y Parsons fueron ahorcados. Unos días antes Louis Lingg se había quitado la vida en su celda. A partir de ese momento fueron conocidos como los "mártires de Chicago" y reivindicados como héroes de la clase trabajadora internacional durante muchos años. En su funeral desfilaron más de 25.000 trabajadores.

Los otros compañeros (Fielden, Schwab y Neebe) pasaron largos años en prisión hasta que el peso de las mentiras acumuladas obligó a una revisión del proceso que concluyó con la libertad de los tres.

Primera acción obrera internacional

El impacto internacional que tuvo el juicio a los "mártires de Chicago" duró muchos años. Hacia 1889, en la Reunión Obrera Internacional convocada en París (en la que confluyeron socialistas y anarquistas de varios países) se resolvió organizar "una gran manifestación en fecha fija, de tal manera que simultáneamente en todos los países y en todas las ciudades en el mismo día convenido, los trabajadores pedirán a las autoridades oficiales la reducción, mediante una ley, de la jornada de trabajo a 8 horas y que se lleven a efecto las demás resoluciones del Congreso de París". La fecha escogida fue el 1º de mayo de 1890 para coincidir con el día en que los sindicatos norteamericanos habían resuelto retomar la lucha por las 8 horas y que conmemoraba el inicio de la huelga que terminó con la condena y asesinato de Spies y sus compañeros.

Fuerteventura, 05 de Mayo de 2014

jueves, 17 de abril de 2014

Guía de Ayudas Sociales para las Familias 2014

http://www.msssi.gob.es/ssi/familiasInfancia/docs/2014GUIAFAMILIAS12marzo.pdf
En Rincón del Ciudadano y Derechos Civiles os informamos de la nueva Guía de Ayudas Sociales para las Familias 2014. Podéis hacer clic en la imagen o en el enlace.
El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad acaba de publicar la “Guía de Ayudas Sociales para las Familias 2014″, (actualizada el 12 de Marzo del 2014) cuyo objetivo es facilitar información sobre las ayudas sociales existentes a aquellos que recientemente han formado una familia o tienen intención de hacerlo en un futuro no muy lejano; y en general a aquellas personas que cuenten con responsabilidades familiares.
En esta nueva edición de la Guía, actualizada para el año 2014, en el que se conmemora el XX Aniversario del Año Internacional de la Familia, y Naciones Unidas invita a los Estados Miembros a promover actividades relacionadas con la familia como una institución básica de articulación social, se recogen principalmente las ayudas establecidas a nivel estatal en los ámbitos de seguridad social, trabajo, fiscalidad, servicios sociales, educación, vivienda, entre otros; y se facilitan las direcciones y enlaces de los organismos autonómicos competentes en esta materia y de entidades sociales que trabajan en el ámbito de familias, de modo que los ciudadanos y ciudadanas puedan ampliar la información sobre las ayudas existentes en su Ciudad o Comunidad Autónoma.
Muchas Gracias por vuestra Visita!
Fuerteventura, 18 de Abril de 2014

jueves, 20 de marzo de 2014

Rincón del Ciudadano y Derechos Civiles se suma a las #MarchasDeLaDignidad

El 22 de marzo iremos a Madrid en la Marcha por la Dignidad para defender nuestros derechos. Contra el paro, los desahucios, la corrupción y el saqueo. Debemos parar esta estafa. Si quieres venir, apuntate y ayudanos.
Por no evitar los centenares de desahucios diarios.
Por eliminar ayudas a personas dependientes.
Por rebajar las ayudas a personas en el límite de la pobreza y exclusión social.
Por excluir a emigrantes de la asistencia sanitaria.
Por destruir empleo y demoler los derechos laborales de los trabajadores.
Por no juzgar a los estafadores financieros.
Por indultar a los políticos corruptos.
Por obstaculizar sus procesos ante la justicia.
Por conceder amnistía fiscal a los defraudadores.
Por no exigir la deuda de los clubes de fútbol.
Por quebrar BANKIA, CAM, Banco de Valencia……
Por la subida de las tasas universitarias un 22%
Por la creación de la tasa judicial que imposibilita a los pobres su defensa.
Por recortar derechos en Sanidad y Educación.
Por no recortar privilegios a las grandes fortunas.
Por no cobrar impuestos a la Iglesia Católica.
Por no pagar pagas extras a los funcionarios pretendiendo ahorrar 2.400 millones, que no podrán consumirse en navidad, más los 5 millones de desempleados que tampoco podrán consumir en navidad.
Por subir el impuesto de la renta.
Por subir el IVA un 3%.
Por dejar sin futuro a una generación entera.
En Rincón del Ciudadano creemos que hay demasiadas cosas por las que movilizarse.


Aqui tenéis los contactos de todas las marchas y los enlaces:
http://marchasdeladignidad.org/mapa-territorios/
Y aqui los itinerarios. Quien no pueda ir al menos que intente recibirlos en alguna población, lo agradeceran...
http://marchasdeladignidad.org/recorridos/
Mapa de Marchas Si Queréis que vuestros recorridos sean incluidos en el mapa o conocéis algún dato erróneo, enviad los datos a la cuenta de correo info@marchasdeladignidad.org indicando "Para Mapa". Ver #22M en un mapa...
Fuerteventura, 20 de Marzo de 2014