martes, 5 de marzo de 2013

Documentales Favoritos de Rincón del Ciudadano sobre DDHH


El poder de sensibilización del séptimo arte es indiscutible. Ver una película nos adentra hacia una realidad que acontece dentro de una sala durante un período de unos 90 minutos. Pero, ¿qué sucedería si esa realidad no aconteciera tan sólo en la pantalla de la sala en la que nos encontramos? El género documental, precisamente, aborda esa cuestión. Lo que se proyecta en él está sucediendo o ha sucedido en algún momento y lugar de nuestro planeta.

El principal objetivo de un documental es informar y sensibilizar a su observador, hacerle tomar conciencia de una realidad que le puede ser desconocida y en mayor o menor medida animarle a la acción.

En Rincón del Ciudadano ése es también nuestro propósito. Por este motivo les dejo un listado de Documentales que considero imprescindibles para ampliar tú visión sobre el mundo.

10 documentales que té harán recapacitar sobre el mundo


1. Inside Job


Documental no sólo sobre las causas, sino también sobre los responsables de la crisis económica mundial de 2008, que signíficó la ruina de millones de personas que perdieron sus hogares y empleos, y que, además, puso en peligro la estabilidad económica de los países desarrollados. A través de una extensa investigación y de entrevistas a financieros, políticos y periodistas, se muestra el auge de empresarios sin escrúpulos y la degradación de la política y la educación.

2. Born into brothels


Film que muestra la aventura de la fotógrafa inglesa Zana Briski en el barrio rojo de Calcuta, India. Allí conoce a un grupo de niños, hijos de las prostitutas que trabajan en ese sector. Briski simpatiza con ellos y les enseña fotografía, les regala cámaras y les lleva a conocer el mar. Luego organiza una exposición artística con las mejores imágenes tomadas por los niños. Posteriormente, intenta sacar a los chicos de la pobreza en que viven y llevarlos a una escuela.

3. Zeitgeist: Moving forward


Film independiente y sin ánimo de lucro. Es la tercera película-documental de la serie Zeitgeist hecha por Peter Joseph. La película fue estrenada el 15 de enero de 2011 simultáneamente en más de 60 países en 30 idiomas, y en 340 proyecciones siendo uno de los mayores eventos independientes en la historia del cine. Trata de la necesidad de una transición desde el actual sistema monetario que gobierna el mundo hacia una economía basada en los recursos del planeta, a la que se aplicaría el conocimiento científico actual para hacerla realmente sostenible y eficiente.

4. The Corporation


Documental sobre el nacimiento, el crecimiento y la madurez del considerado tumor maligno que son las grandes corporaciones, visto desde una perspectiva muy crítica y real. Cuenta con estrellas invitadas como Nike, Coca Cola, IBM… y con grandes “presentadores” como Noam Chomsky, Michael Moore y Milton Friedman entre otros. La película presenta todas las técnicas que utilizan las grandes multinacionales para aumentar su cifra de negocio, técnicas que sorprenden por su falta de escrúpulos.

5. Food Inc.


Film muy ácido y crítico con el sistema de producción industrial alimentaria de los Estados Unidos. El documental examina la producción industrial de carne, a la cual llama inhumana y económica y ambientalmente insostenible. También analiza la producción industrial de grano y verduras, a la cual también califica de económica y ambientalmente insostenible. Finalmente reflexiona sobre el poder económico y legal de las grandes compañías de producción alimentaria y la promoción de hábitos de consumo de comida insalubre hacia el público estadounidense.

6. Waiting for Superman


Película que trata de los problemas del sistema educativo estadounidense, que es calificado por el director, el productor y Bill Gates como desastroso. Una reflexión sobre las diferencias entre las escuelas públicas y privadas, los buenos y malos profesores, el problema educativo del aprendizaje y todas las diferentes alternativas de acción. En la película se reflejan los puntos de vista de todos los actores implicados en el sector educativo, tratando de ofrecer un panorama sincero de la situación escolar del país

7. The weight of chains


Documental que hace una mirada crítica al papel jugado por los Estados Unidos, la OTAN y la Unión Europea en la trágica ruptura de un antaño pacífico y próspero estado europeo: Yugoslavia. El peso de las cadenas presenta una nueva perspectiva sobre la intervención occidental en la división de los grupos étnicos en Yugoslavia y sostiene que la guerra fue forzada desde el exterior, mientras que los ciudadanos estaban deseosos de paz. El autor de la película analiza el papel de las fracciones extremas de ambos lados del conflicto bélico y aborda los mitos de lo que realmente sucedió en la década de 1990.

8. La isla de las flores


Antiguo corto documental que muestra de forma satírica la cruda realidad de la sociedad brasileña de los años 80, la falta de conciencia, la miseria que lleva a la degradación del ser humano. Considerado uno de los cortometrajes documentales más importantes de la historia, ganador en Berlín y en otros importantes festivales de alrededor del mundo.

9. Waltz with Bashir


Documental animado sobre la matanza de refugiados palestinos en Sabra y Chatila (Líbano) en 1982. Una noche, en un bar, un viejo amigo cuenta al director Ari que tiene una pesadilla recurrente en la que le persiguen 26 perros. Cada noche, el mismo número de animales. Los dos hombres llegan a la conclusión de que tiene que ver con una misión que realizaron para el ejército israelí durante la primera guerra con el Líbano a principios de los años ochenta. Ari se sorprende ante el hecho de que no recuerde nada de ese periodo de su vida y decide ver y hablar con viejos amigos y antiguos compañeros dispersados por el mundo entero, reabriendo sus recuerdos, mediante imágenes surrealistas.

10. You don’t like the truth – 4 days inside Guantánamo


Documental que analiza la controvertida visita que oficiales canadienses realizaron en febrero del 2003 a Guantánamo a ver a Omar Khadr, un joven de Canadá que entonces tenía 16 años y que estaba prisionero por haber matado supuestamente a un soldado norteamericano, siendo considerado por Washington criminal de guerra. El documental muestra desde dentro de la prisión cómo se le ejerce presión psicológica al primer caso de un niño prisionero de la historia reciente.

Otros documentales que no te puedes perder


Existen cientos de documentales que valdría la pena mencionar en este artículo. Éstos han sido algunos de los que nuestro equipo y nuestros seguidores han mencionado que no puedes dejar pasar:

  1. Comprar, tirar, comprar (Consumismo, Europa-África)
  2. Children of the Secret State (Niños en la pobreza, Corea del Norte)
     3.  Presunto culpable (Sistema de Justicia, México)

  1. A Small Act (Educación, Kenya)
  2. Waste Land (Residuos, Brasil)
  3. Oro negro (Café y comercio justo, Etiopía)
  4. Into eternity (Residuos nucleares, Finlandia)
  5. La pesadilla de Darwin (Contaminación ambiental, Tanzania)
  6. The Shock Doctrine (Crítica al capitalismo, Chile)
  7. How to start a revolution (Revolución moderna, mundo)
  8. The End of Poverty (Desarrollo y distribución de riqueza, mundo)
  9. Gas Land (Recursos energéticos, Estados Unidos)
  10. Fahrenheit 9/11 (Lucha contra el terrorismo, Estados Unidos)
  11. Give up tomorrow (Pena de muerte, Filipinas)
  12. Blood in the mobile (Fabricación de móviles, R.D. Congo)

¿Nos hemos dejado algún documental que consideres imperdible? ¡Deja un comentario en este artículo y completa la lista!

Fernando González Silva

Fuerteventura,  febrero de 2013


martes, 19 de febrero de 2013

Rincón del Ciudadano con la Marea Ciudadana

Desde las páginas de este blog mostramos nuestro apoyo a las movilizaciones de la Marea Ciudadana el 23F. Aquí os dejo el comunicado de la Plataforma:
La presión de los mercados financieros, la deuda ilegítima creada por el propio sistema financiero especulativo y las brutales políticas de ajuste dirigidas contra la mayoría de la sociedad, junto con la corrupción y la pérdida de legitimidad de las instituciones, están causando en nuestro país la mayor crisis de la democracia de las últimas décadas. 
El creciente desempleo, el ataque a la Sanidad y la Educación públicas, a los derechos laborales y sociales, al medio ambiente, nos ha hecho confluir en las calles, en las mareas ciudadanas, blanca, verde, roja, naranja, amarilla, negra, azul, violeta… defendiendo nuestros derechos. 
Una sociedad justa y viable sólo será posible si la ciudadanía se une para defender los derechos sociales por encima de los mercados y la política honesta y la justicia social por encima de los intereses de las élites financieras. 
La reforma del artículo 135 de la Constitución española, sin consulta alguna a la ciudadanía, supedita todos los recursos del Estado al pago de esta deuda ilegítima a costa de recortar todos los servicios públicos y de subastar a precio de saldo el patrimonio del Estado. Esta reforma supuso un “golpe de estado financiero”, primando el pago de los intereses frente a las obligaciones propias de un Estado Social y de Derecho.
En 1981, tras el golpe militar, la ciudadanía se manifestó masivamente en defensa de la Libertad y la Democracia. 
Ahora, 32 años después, llamamos a toda la ciudadanía, a todas las mareas, asambleas, organizaciones y colectivos a confluir en una jornada de movilización el próximo 23 de febrero.
Por la Democracia, la Libertad y los Derechos sociales. No al golpe de estado financiero. No debemos, no pagamos. Hay alternativas. Hay soluciones: 
- Por la Justicia social y ambiental. 
- Por la Transparencia y la Democracia participativa.
- En defensa de unos Servicios Públicos y Universales. 
- Por una Auditoria Ciudadana de la Deuda. Contra la Deuda ilegítima.
Aquí os dejo unos enlaces con la convocatoria:

Twitter: @MareaCiudadana (hashtag #23F)

Rincón del Ciudadano y Derechos Civiles
Fuerteventura, 20 de Febrero de 2013

viernes, 15 de febrero de 2013

Incapacidad Permanente y Parte 52

Incapacidad Permanente y Parte 52
Explicación de un proceso de incapacidad permanente que se abre a partir del parte de incapacidad temporal nº 52. Recordaros que en estos momentos de recortes en los que nos encontramos lo normal, a pesar de la enfermedad que tengas, es que os den el alta y sea necesario que contrates un abogado para demandar. No te deprimas demasiado por la situación y pide la opinión de un abogado laboralista. Os dejo como ejemplo los pasos que ha tenido que dar un trabajador que inicia este proceso:

He estado esperando hasta tener la resolución final de la Seguridad social para contar con todo detalle como ha sido el paso por todo este trámite. Veo que como yo, todos tenemos muchas dudas de plazos, acciones y demás requerimientos que surgen en estos procesos. Creo que en función de las comunidades autónomas en las que residan, el proceso cambia en plazos. Mi historia pertenece al ámbito de la comunidad autónoma vasca, pero aunque dicha comunidad tiene un concierto económico propio, las competencias en cuanto a Pensiones y por lo tanto valoración de incapacidades siguen correspondiendo al Estado y por ende al INSS. Estoy poniendo el ejemplo de un lugar en el que el plazo máximo para abrir de oficio el proceso de incapacidad por parte de la administración es 12 meses. En otras comunidades autónomas son 18.

Para comenzar mi periplo por estos impacientes caminos, diré que sufrí baja por IT en mayo de 2010. Gracias a que el convenio colectivo al que pertenezco tiene reconocido el 100% del salario en caso de baja, no he tenido problemas salariales en este periodo. Tuve que ir cada mes y medio a la mutua de trabajo y cada 2 meses al médico de cabecera.

Un mes antes de cumplir los 12 meses o plazo máximo de baja médica, la mutua debe remitir un informe al INSS en el que propone alta, prorroga o PIP (Proceso de Incapacidad Permanente). Antes de cumplir el año (durante el último mes) la inspección médica (no confundir con el INSS-EVI) te hace un reconocimiento médico con un inspector que también propone alta, prorroga o PIP. Esta inspección médica pertenece al ámbito del servicio público de Salud del Gobierno Autonómico. Ambos informes (mutua e Inspección Médica) van directamente al INSS.
Tras pasar por la Inspección Médica (recordar que no es el INSS-EVI), se produce lo que se conoce como alta virtual. Ya no tienes que recoger más partes de baja, no tienes que ir a trabajar y la empresa o la mutua (según el caso), te seguirá pagando hasta que se produzca una resolución final.

 En mi caso tras estos dos informes señalados (mutua 11 meses – Inspección médica 11 meses y 3 semanas), al día siguiente de cumplir un año de baja pase por el tribunal médico-EVI. La citación se produjo por vía telefónica y no por carta. En este punto quería dejar una cosa clara:
El INSS-EVI prevé dos procesos: El PIT(Proceso de incapacidad temporal) y el PIP(Proceso de Incapacidad Permanente). El PIT es una revisión médica que puede tener diferentes soluciones; Alta, Prorroga de 6 meses o entrar en el PIP (Proceso de Incapacidad Permanente). El PIP es el tribunal médico EVI propiamente dicho y dictaminará entre cuatro Incapacidades: -Parcial: Una Indemnización de 24 mensualidades de tu base reguladora. Puedes seguir trabajando en tu trabajo con aminoramiento de rendimiento no inferior al 33%.
-Total: No puedes seguir trabajando en tu trabajo habitual y pasas a cobrar una pensión del 55% de tu base reguladora. He visto además que si te conceden la total y trabajas en otra profesión, en el caso de cobrar un 20% mas que tu pensión puede dar lugar a extinción de la prestación. Además debes avisar al INSS de que vas a trabajar.
-Absoluta: No puedes seguir trabajando en nada y percibes una pensión del 100% de tu base reguladora
-Gran Invalidez: No puedes seguir trabajando en nada y percibes una pensión del 150% de tu base reguladora.
-Por supuesto que también puede ser rechazada la solicitud pero si habéis pasado por todos los filtros anteriores es improbable.

¿Cuando se activa el PIT o el PIP?. Si la inspección médica del gobierno autonómico (No el EVI) os propone para un PIP ya no os tenéis que preocupar a la hora de pasar por el tribunal en cuanto a que os den una prorroga de 6 meses o el alta. Esto se dilucida en el PIT. Por el PIT se pasa en el caso de no proposición de incapacidad permanente por la Inspección médica (No el EVI) e incluso por no haber pasado por dicha inspección. En mi caso yo tuve que llamar a la inspección del gobierno autonómico para que me dieran cita ya que se habían olvidado de mi gracias a un problema derivado de un cambio de municipio. Si no hubiera pasado por la Inspección, me hubiera tocado pasar por el PIT. Por ello es importante saber que propone la inspección médica ya que de ese modo nos ahorraremos preocupaciones.

Tras pasar por el tribunal-EVI(PIP) o unos días antes (yo el mismo día), recibimos una carta en donde se especifica que se nos ha abierto expediente de incapacidad permanente. En este sobre encontramos unos formularios que rellenar y presentar en una delegación del INSS. Las direcciones de donde presentarlo se adjuntan también en la misma carta. Desde este momento podemos ver como transcurre nuestro expediente via WEB del INSS. Para poder visualizarlo necesitas un certificado digital expedido por el INSS. ¿Cómo conseguirlo?. Es muy fácil yo tarde 5 minutos Vas a la siguiente página:

https://www.cert.fnmt.es/index.php?cha=cit&sec=4&fpage=35&lang=es

Metes el DNI y enviar petición. Os devolverá la pantalla de forma instantánea un número con el que tienes que ir a una sede del INSS hablar con el funcionario de turno que hace una serie de operaciones y os da un papel contractual que firmar. En 24 Horas el certificado ya esta habilitado. Pasadas esas 24 hora debes descargar el certificado de:

https://www.cert.fnmt.es/index.php?cha=cit&sec=4&fpage=28&lang=es

Tener en cuenta que el certificado sólo vale para un ordenador y un navegador web. El navegador lo tendréis que seleccionar.

Hecho esto vais a la pagina del INSS - ¿Cómo va mi prestación?:

https://sede.seg-social.gob.es/Sede[....]dadanos/index.htm?ssUserText=231532

Ya te sale tu expediente con los 8 puntos de rigor:

1° Estudio de solicitud, datos y documentos aportados. Comprobación de requisitos previos:
2° Emisión del dictamen médico por el Instituto Catalán de la Salud:
3° Emisión de propuesta de incapacidad laboral por la Comisión de Evaluación de Incapacidades:
4° Estudio de vida laboral y de todas las cotizaciones efectuadas:
5° Determinación del importe de la pensión:
6° Estudio final y propuesta de resolución:
7° Revisión y confirmación del expediente:
8° Firma de la resolución:

Si falta alguno de estos 8 puntos mala señal. En algunos casos puede faltar el punto 5. Esto significa que no tenéis el suficiente tiempo cotizado. Según he podido leer, el derecho de ser titular de una incapacidad permanente sólo puede existir si se tiene el tiempo cotizado suficiente. En el caso de no tener ese tiempo siempre las solicitudes se rechazarán.
A la derecha de los puntos pondrá CONCLUIDO o PENDIENTE. Cuando ya estén todos menos el 8 concluido podéis ver vuestra pensión en Percepción de pensiones Públicas:

https://sede.seg-social.gob.es/Sede[....]dadanos/index.htm?ssUserText=231533

Una vez realizado el punto 8 desaparece esta pantalla y aparece la pantalla de resolución de expediente de incapacidad permanente. En ésta, aparece la fecha de inicio y resolución, grado de incapacidad, pensión a percibir, y poco más. En mi caso al de 3 dias de resolverse el expediente recibí un mensaje en el móvil en el que se me informaba de que se ha resuelto favorablemente el expediente (sin especificar el grado) y que próximamente recibiría el dictamen por correo postal. 9 días después recibí la resolución por correo certificado. Se compone de 6 hojas:
1.- Resolución en donde se especifica el grado, cuantía, efectos económicos y fecha a partir de la cual se puede realizar una revisión.
2.- Calculo de la Base reguladora. He leído en la web del INSS que los afectados de Alava, Guipúzcoa y Vizcaya, están exentos de retención por IRPF, los demás según la cuantía de la pensión.
En este foro ha habido mucha polémica por cómo se calcula la base reguladora. Voy a explicar cómo ha sido calculada por el INSS en mayo de 2011:

a) El INSS toma un período para realizar el cálculo. Por lo que puedo discernir como las empresas hacen los pagos de los seguros sociales de forma trimestral a mi me han tomado desde el 01-01-2006 al 31-03-2011. En mi caso 5 años y 3 meses. Digo esto porque mi resolución se realiza en Mayo y no han tenido en cuenta el mes de Abril.
b) Este período te lo parte en dos, tomando primeramente los dos años anteriores a la resolución del expediente. Por lo que puedo ver y entender el final de este período  de dos años acaba en el trimestre anual concluido. En mi caso la resolución del expediente se realiza a finales de mayo y ellos me cogen como final de período de computo el 31-03-2011. En este lapso de dos años, toman las bases de cotización completas sin ninguna modificación. Saber que la base de cotización no es el sueldo liquido sino el numerito que viene en la nómina que pone base de cotización.
c) El otro período partido es el tiempo restante que os he comentado antes 3 años y 3 meses. En este caso se toman las bases de cotización de los 39 meses y se actualizan aumentando su valor, actualizando más los meses más antiguos y menos los más cercanos, llegando a no actualizar en mi caso, pues su valor de actualización es 1, los 13 meses más cercanos en el tiempo.
d) Ambos períodos se suman por separado llamándolos A y B respectivamente.
e) Simplemente luego se hace esta operación:
                     (A+B)/73,5 y posteriormente se multiplica por 96.
Explicare de donde sale el 73,5. En el cálculo entran, como he explicado, 63 meses (5 años y 3 meses). Las instituciones siempre tienen sorpresitas para reducirnos el jornal y por una treta, se inventan una nueva forma de computar y lo denominan Numero de meses reglamentarios. ¿Como lo hacen?, pues cogen nuestros 63 meses y los aumentan un 14,3 %, porque? Vaya usted a saber. No contentos tras esto multiplican el resultado por 96 en vez de por 100. Otro 4% menos que nos arramplan. Decir que he visto casos en los que se multiplica por 100 pero en mi caso será por la edad supongo.
El resultado de todo esto es la tan manida Base reguladora

f) Si tu grado es como el mío (Una total para la profesión habitual) cogemos el 55% de esta base y esa es tu pensión con 12 pagas al año y 2 extras en Junio y Diciembre.

3.- la tercera hoja de la resolución es la que tenemos que entregar en el servicio público de salud para que nos hagan una nueva tarjeta sanitaria en la que figuraremos como pensionistas con recetas rojas de las gratis y demás.

4.- Dictamen propuesta de la reunión mantenida por todo el equipo de valoración de incapacidades y que acepta o no el director provincial del INSS elevándolo a definitivo.

5 y 6.-Informe de valoración médica. Es el informe realizado por el médico del INSS, lo que se llama pasar por el tribunal EVI pero que sólo es un médico.

Y esta es la resolución.

Como consejo os diré unos cuantos:
1.- Llevar siempre los informes originales acompañados de las copias debidamente encuadernadas ambas y ordenadas cronológicamente mediante separadores por años. Yo he utilizado carpetas con bolsas en su interior. Para ellos es siempre mucho más sencillo. Y cuanto más sencillo es para ellos más claro lo verán.
2.- Si estáis trabajando pedir a la empresa un informe de las actividades que realizáis en la empresa. Este informe debe ir sellado y firmado por la empresa y con su CIF y DNI del Gerente.
3.- Si estáis adscritos a Colegios profesionales que os expidan otro informe competencial. Adjuntar también la copia del título universitario, en el caso del colegio, para hacer patente que esas son las competencias que os pertenecen legalmente
4.- Realizar, si podéis, informes privados de vuestras secuelas, sobre todo si son muy evidentes (Oftalmología, etc.), pero tener en cuenta que lo que más vale es el informe derivado de  un especialista de la seguridad social. El neurólogo debe implicarse siempre de forma veraz y ecuánime con la verdad por delante.
Una última cosa. En Abril presente el formulario para el reconocimiento de porcentaje de discapacidad por el departamento de acción social de la comunidad autónoma, y cuando tuve el dictamen de la incapacidad total volví para presentar los papeles de dicho dictamen. Pregunté al funcionario sobre lo que en este foro he leído muchas veces sobre que te dan el 33% simplemente con una Total. Me dijo que eso era antes del año 2000 que daban el 33% a una total y el 69% a una absoluta. Ahora no es así por lo menos en Euskadi. Ahora te reconocen según sus tablas que las han bajado. Me cogió los papeles y los adjunto al expediente, cuando me citen ya os explicaré el proceso.

Si tenéis alguna duda no dudéis en preguntarme cualquier apartado que os haya quedado un tanto turbio.
Nota: Algún aspecto puede variar de una comunidad a otra.
Si te ha gustado puedes compartir.
Fernando González Silva
Fuerteventura, 16 de Febrero 2013

jueves, 14 de febrero de 2013

Movilizaciones 16 de Febrero


Stop Desahucios, por el derecho a la vivienda

Rincón del Ciudadano y Derechos Civiles apoya y hace suyas todas las reivindicaciones de la PAH, y hace un llamamiento a la ciudadanía a manifestarse en todas las ciudades del estado para apoyar la convocatoria, tomando las calles nuevamente para conseguir terminar con la lacra de los desahucios, y garantizar el derecho constitucional a una vivienda digna.


Stop desahucios, dación en pago retroactiva y alquiler social de viviendas YA!
Adjuntamos el comunicado de la pah para las movilizaciones del 16 de Febrero en toda España:

Por el derecho a la vivienda. Contra el genocidio financiero, señalamos a los responsables y exigimos stop desahucios, dación en pago retroactiva y alquiler social YA!

Con la entrega de las últimas firmas a finales de enero, la ILP por la dación en pago retroactiva, el alquiler social y una moratoria de desahucios llega a su última fase. Tras meses de movilización en las calles, las demandas de la ILP cuentan con el apoyo del 90% de l...
a población. No podemos esperar más: hay vidas en juego.

El final de la ILP es un punto de inflexión. Las Plataformas de Afectados por la Hipoteca han agotado todas las vías democráticas para cambiar una ley injusta que perjudica a miles de familias. La dación en pago y el grito de "stop desahucios" son un clamor popular. Ha sido la PAH, la ciudadanía movilizada, la que ha puesto encima de la mesa un problema gestado por las entidades financieras con el beneplácito de gobiernos de diferentes signos y colores. Ha sido la ciudadanía la que ha parado desahucio tras desahucio mientras el gobierno del PSOE primero y actualmente el del PP rescataban a una banca culpable de un genocidio financiero. Mientras, hacían oídos sordos y minimizaban un problema que afecta ya a más de 400.000 hogares. La solución al "problema de los desahucios" está en la ILP. Casi un millón de firmas se entregarán al Congreso mostrando el apoyo de cientos de miles de personas a la ILP por la dación en pago retroactiva, el alquiler social y una moratoria de los desahucios. Una ILP que se propone desde aquellos que cada día nos enfrentamos al problema, desde los que cada día luchamos contra los abusos de la banca. No es una crisis: es una estafa. Es una estafa a la que miles de personas han plantado cara en estos últimos años al grito de "Sí Se Puede!". Sí se puede, y el día 16 de febrero salimos a la calle a gritarlo juntos, a exigir la aprobación de la ILP, porque con la ILP habremos agotado las escasas vías que existen en el Estado para proponer un cambio de ley. Una ley injusta que hemos desobedecido en la calle y que tiene que cambiarse en el Congreso. Pero el 16 no sólo saldremos a gritar. El 16 demostraremos que no estamos dispuestas a quedarnos de brazos cruzados mientras no aprueben la ILP, punto por punto. Hemos recogido cientos de miles de firmas, la voluntad ciudadana está clara. Si el congreso no responde, le haremos directamente responsable del sufrimiento de miles de personas y alzaremos el tono de nuestras acciones.



Si te gustó la entrada, puedes suscribirte, darle "me gusta" o "compartir". Gracias.

Fernando González Silva
Fuerteventura, 14 de Febrero de 2013

martes, 8 de enero de 2013

Salario Minimo 2013

El Salario Mínimo Interprofesional 2013, si se sigue los llamamientos del Gobierno podría ubicarse en los (645,30.-€). Ya que el Gobierno ha propuesto que el SMI 2013 se eleve un 0,6% desde el mes de Enero de 2013. El SMI se encarga de determinar la cuantía mínima que debe cobrar un trabajador referida a la jornada legal de trabajo e independientemente del tipo de contrato (temporal, indefinido, a tiempo parcial…). Ya de seguro que el SMI 2013, no será lo que debería ser, aunque si nos atenemos a las promesas electorales del Gobierno, el SMI 2012 debía situarse en los 800.-€ mensuales. Pero ya sabemos que es un Gobierno que se destaca por desmentir sus promesas electorales post electorales más que ningún otro.
Hay que recordar que no es obligatorio por ley subir el SMI en consonancia con el IPC previsto para ese año y en ese sentido el Salario Mínimo Interprofesional 2013 debería aumentar en función del comportamiento del IPC 2013.
Según las primeras novedades que comienzan a darse sobre el SMI 2013 es que desde el Gobierno ha salido la propuesta que deben aceptar o rechazar los agentes sociales y que solo subiría un 0,6% el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) lo que parece casi nada tomando en cuenta la coyuntura, el aumento deberá comenzar a regir desde el 1 de Enero de 2013, lo que haría pasar el actual SMI 2012 que es de (641,40€) y subiría a (645,30€). Sí parece una broma que el aumento solo sea de ese porcentaje y cifra, pero conociendo al Gobierno de Rajoy se sabe que es……….. verdad!!!
Así es que, el SMI solo aumentará de forma leve tras venir de ser congelado quedando en (641,40.-€) anteriormente había subido el 1,3% ya que ese aumento había sido aprobado por el entonces Ejecutivo socialista para el año 2011. La actual propuesta ya partió del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y les ha llegado a los agentes sociales, de aceptarlo sería un salario de (21,51€) por día a ganar subiendo desde los “generosos” (21,38.-€). Se espera que los agentes pongan a discutir esta cifra rídicula en que subirá el SMI 2013.
Como era de esperarse para el Gobierno, esta propuesta es “coherente” respecto al aumento de salarios en 2013 del II Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva, y que fuera firmado por Enero de 2013. Además de señalar que dicho acuerdo permite ganancias de competitividad con la posibilidad del atractivo de llegada de inversiones extranjeras además de una corrección sobre “el desequilibrio externo acumulado en la fase de expansión, lo que contribuye a la recuperación económica” sí algo complicado de asimilar a simple lectura pero quién lo entienda bien y quién no……….
Esta es una de las explicaciones para que el SMI de 2013 suba en la cifra máxima de revalorización que fija el mencionado acuerdo, del (0,6%), y ubicando el SMI en (645,30.-€) de salario mensual. Según el Departamento dirigido por Fátima Báñez, esta propuesta de suba salarial está en orden al difícil contexto económico, por lo que el Gobierno aplicará este tipo de políticas salariales en favor de la recuperación económica y creación de empleo. Viendo el porcentaje que se maneja perece menos que poco para favorecer a alguien que pase por una difícil situación.
Uno se pregunta por que cuando deben aumentarse el salario los políticos nunca bajan del 20% y cuando deben aumentar este tipo de salarios suena a una miga de pan para alguien que muere de hambre. Tampoco alcanza con decir que con dicho aumento es un reconocimiento de una mejora en el salario, ya que se viene de sufrir el congelamiento del SMI en 2012. Entre el 0,6% y la nada parece que no hay mucha diferencia.
Fuerteventura, 08 de Enero 2013

jueves, 3 de enero de 2013

Preguntas y Respuestas nueva Reforma Pensiones



Con la llegada del nuevo año la reforma de las pensiones echa a andar para tener completamente dibujado quince años después, en 2027, si nada lo impide, un escenario en el que habrá que trabajar y cotizar más para tener derecho a una pensión similar a la que recibiríamos con la actual regulación.
El primer efecto que tendrán la reforma que fue aprobada en julio de 2011 será el retraso en la edad real de jubilación. Ahora, la media se sitúa en poco más de 63 años, con una edad legal de 65. De este escenario pasaremos paulatinamente a otro en el que como media, los españoles nos jubilaremos a una edad superior a los 65 años y en el que se tendrán en cuenta más años para calcular las prestaciones. De los 15 años que se toman como referencia en la actualidad se pasará de forma progresiva a 25 en un periodo de diez años.
Estas son algunas preguntas y respuestas que pueden ayudar a entender la nueva normativa:
¿A qué edad me tendré que jubilar a partir de enero?
La edad de jubilación se eleva de 65 a 67 años para todos los trabajadores. Pero no será de forma automática, ya que se establecerá un periodo gradual para su entrada en vigor. Así, a partir de 2013 se irá retrasando progresivamente la edad de retiro de los 65 años actuales hasta llegar a los 67 años en 2027. Es decir, en 2014 un trabajador se jubilará a los 65 años y dos meses, en 2015 a los 65 y tres meses y así sucesivamente hasta alcanzar la nueva edad de 67 años al final del periodo.
¿Cuántos años tendré que cotizar para cobrar el cien por cien de la pensión?
Actualmente hay que trabajar un mínimo de 35 años para poder cobrar el cien por cien de la pensión. A partir de 2013, este plazo se aumentará progresivamente hasta alcanzar los 37 años en 2027 para los que se retiren a los 67.
¿Habrá alguna excepción?
Sí, para aquellos que tienen largas carreras profesionales y también para los que tengan oficios penosos y peligrosos (está por definir qué profesiones entrarán en esta categoría). Lo que sí se sabe ya es que los trabajadores podrán seguir jubilándose a los 65 años conservando la pensión completa si han cotizado al menos durante 38 años y medio. La generación que se está jubilando ahora comenzó a trabajar muy joven y, por tanto, acumula muchos años de aportaciones al sistema. Más problemas para saltar este listón tendrán los jóvenes actuales, que han empezado más tarde a cotizar, y las mujeres, con lagunas en su cotización.
¿Cómo se va a calcular el importe de mi pensión?
A partir del 1 de enero, se abrirá un periodo transitorio hasta el 1 de enero de 2022, en el que el periodo de cotización exigido para calcular la pensión pasará de forma progresiva desde los 15 años actuales a 25 años. Cada ejercicio a contar desde 2013 se irá sumando un año hasta completar los citados 25 años en 2022.
¿Habrá cambios en el periodo mínimo exigido para cobrar la jubilación?
No. Se mantiene en los mismos términos que en la actualidad. Hacen falta un mínimo de 15 años de vida laboral cotizada para tener acceso a una pensión mínima de jubilación.
¿Quiénes podrán jubilarse de forma anticipada?
Antes de que acabe el año entrará en vigor un endurecimiento de las jubilaciones anticipadas para neutralizar las modificaciones incluidas en la reforma de las pensiones que entrará en vigor en enero. El pasado noviembre el Ejecutivo presentó ante el Pacto de Toledo una propuesta para situar la edad anticipada de retiro forzoso en 63 años (la reforma de enero la fijaba en 61 años) y en 65 años la jubilación voluntaria (la reforma la sitúa en 63). El retraso de la jubilación a los 67 años de manera progresiva hasta 2027 serviría de poco si paralelamente no se eleva la edad legal de las jubilaciones anticipadas y parciales, según el Ministerio de Empleo.
¿Los funcionarios podrán retirarse de forma anticipada?
Sobre la mesa del Pacto de Toledo hay una propuesta de la ministra de Empleo, Fátima Báñez para no permitir que los funcionarios se puedan jubilar antes de tiempo. Se trata de eliminar esta posibilidad para cerca de un millón de funcionarios, especialmente docentes y miembros de los cuerpos de seguridad del Estado, que hasta ahora sí han podido acogerse a esta opción.
¿Seguirá existiendo la jubilación parcial?
Sí, pero con limitaciones. El Gobierno ha propuesto elevar la edad de jubilación parcial desde 61 a 63 años, modificar la jornada laboral obligatoria para que llegue hasta el 50% (ahora entre el 25% y el 75%) y aumentar el periodo mínimo de cotización exigido desde los 30 a los 33 años. Este tipo de jubilación permite abandonar el mercado de trabajo con 61 años, sin coeficientes reductores en la cuantía de la pensión y con una reducción de jornada que es compensada con la contratación de un trabajador -el denominado contrato de relevista- para cubrir ese puesto. Es una fórmula muy costosa: en la actualidad hay 121.207 beneficiarios con una pensión media de 1.500 euros al mes y un coste de 2.000 millones para el sistema público.
¿Habrá compensación para quien decida seguir trabajando más allá de los 65 años?
Sí, aunque aún no está decidido cuáles serán estas compensaciones. Habrá facilidades para compatibilizar el cobro de la pensión con un salario siempre que el jubilado tenga cubierto el periodo de cotización necesario para percibir el 100% de la prestación. La permanencia en el puesto de trabajo tendrá premio en forma de menos cotizaciones. A esta opción solo podrán acogerse los trabajadores del sector privado.
¿Los años de becario en una empresa se tendrán en cuenta para la pensión futura?
La Ley obligará a las empresas que financien programas de formación o investigación de los becarios a cotizar por éstos, con equiparación total al contrato de trabajo formativo. La cotización se producirá de una sola vez y por un periodo máximo de dos años. Los trabajadores que hayan sido becarios entre 2006 y 2010 pueden ponerse al día con la Seguridad Social pagando los atrasos correspondientes (una media de 50 euros al mes con un máximo de 24 meses).
¿Y los años dedicados a cuidar de los hijos?
Para evitar que el retraso en la edad de jubilación o la exigencia de más años cotizados perjudique a las mujeres que tienen lagunas de cotización, la nueva norma permitirá que se sumen al cómputo de años, nueve años por cada hijo, con un tope de dos años. Es decir, que una mujer que haya tenido tres hijos y que además haya interrumpido su carrera laboral para cuidarlos y después haya vuelto al trabajo, podrá computarse los citados dos años. De modo que si a los 67 años tiene cotizados 35, la Seguridad Social le sumaría otros dos, y podría jubilarse sin penalización.
Fernando González Silva, 03 de Enero 2013, Fuerteventura